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Consulta     27/02/2026

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Formulada por: Don Javier

Arraigo

Descripción: Hola. Desde Extranjería me otorgaron el favorable en Agosto 2025 de la "Residencia Temporal por Razones de Arraigo" (supuesto Arraigo Socioformativo Inicial 127D y DT5) Desde entonces me he dedicado a trabajar y en la actualidad ya tengo un contrato estable de trabajo. 1era consulta, al tener contrato, tengo que ir a extranjería a presentar el contrato para que me modifiquen la extensión de jornada de trabajo de 30 a 40 horas semanales? Además como no he hecho el curso y solo he trabajado, me inscribí en un curso online que entrega cert.de profesionalidad que pide Extranjería, pero el curso termina en Octubre y mi permiso vence en Agosto 2026. Será posible pedir una prorroga para poder terminar el curso y seguir también trabajando? O existirá algún otro mecanismo o nueva normativa (Como el Real decreto para la regularización de inmigrantes presentes antes del 31Dic 2025) con el fin de no hacer el curso, por que a modo de ejemplo los cursos gratuitos de la JuntaAndalucia son solo para personas desempleadas y las agencias ofrecen cursos que me sirven, pero son pagados y bastante caros. Favor pido vuestra ayuda y orientación por que me quedan algunos meses y no quiero dejar de trabajar para hacer un curso. Muchísimas gracias!!!

Nacionalidad: Chile

País de residencia: España

Provincia: Málaga

Respuesta 04/03/2026

Aportada por: Ana Rivas Márquez

Enunciado de respuesta:

 



Buenos días Javier:



Gracias por contactarnos y vamos a intentar asesorarte en tu supuesto de hecho. 



En primer lugar, si tienes un arraigo socioformativo del Reglamento 1155/2024 según observo, puedes trabajar sin problemas máximo 30 horas a la semana. No necesitas llevar el contrato a extranjería. Otra cuestión es que lo presentaras antes de la reforma y tengas un arraigo para la formación del antiguo reglamento. En ese caso deberás presentar el contrato para obtener la autorización de trabajo. Otra cuestión diferentes es si quisieras renovar y modificar a una residencia inicial por cuenta ajena en la que prodrías presentar sin ningún problema un contrato de 40 horas. 



Por otro lado y sobre tu consulta de regularización, te indico que en la última versión del borrador que hemos conocido dado que el texto final no está publicado en BOE, lo que se indica es que si tienes una tarjeta de residencia en vigor, no se podría solicitar. 



Tendremos que esperar a que se publique y ahí iremos actualizando la información.



Saludos, 



ola. Desde Extranjería me otorgaron el favorable en Agosto 2025 de la "Residencia Temporal por Razones de Arraigo" (supuesto Arraigo Socioformativo Inicial 127D y DT5) Desde entonces me he dedicado a trabajar y en la actualidad ya tengo un contrato estable de trabajo. 1era consulta, al tener contrato, tengo que ir a extranjería a presentar el contrato para que me modifiquen la extensión de jornada de trabajo de 30 a 40 horas semanales? Además como no he hecho el curso y solo he trabajado, me inscribí en un curso online que entrega cert.de profesionalidad que pide Extranjería, pero el curso termina en Octubre y mi permiso vence en Agosto 2026. Será posible pedir una prorroga para poder terminar el curso y seguir también trabajando? O existirá algún otro mecanismo o nueva normativa (Como el Real decreto para la regularización de inmigrantes presentes antes del 31Dic 2025) con el fin de no hacer el curso, por que a modo de ejemplo los cursos gratuitos de la JuntaAndalucia son solo para personas desempleadas y las agencias ofrecen cursos que me sirven, pero son pagados y bastante caros. Favor pido vuestra ayuda y orientación por que me quedan algunos meses y no quiero dejar de trabajar para hacer un curso. Muchísimas gracias!!!En pr


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