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Consulta     03/11/2025

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Formulada por: Cid ecoaldeas

Permiso de residencia y trabajo

Descripción: Hola, soy peruano de 56 años y quisiera solicitar el permiso de residencia y trabajo para el cual tengo lo siguiente:
- Llevo 1 año y 6 meses en España.
- 1 año y 3 meses empadronado.
- En enero alquilé un terreno x 20 años y lo he inscrito en los registros públicos y también en Hacienda.
- Tengo NIF provisional.
- El 10 de julio del 2025 aprobaron en el Ministerio del Interior mi asociación sin fines de lucro.
- Soy voluntario de la Cruz Roja desde setiembre 2024.
- Me van a operar en enero 2026 de una hernia inguinal.
- Realizo envíos de dinero a Perú, todos los meses.
- Tengo carnet de biblioteca, sanitaria y de transporte público.
- Soy parte de un proyecto digital aprobado por aptenisa e inscrito gratuitamente en un curso de la Universidad de Barcelona.

Con todo esto, ¿puedo solicitar el permiso de residencia y trabajo?
Gracias.

Saludos

Nacionalidad: Perú

País de residencia: España

Provincia: Baleares

Respuesta 03/11/2025

Aportada por: Noelia Medina

Enunciado de respuesta:

Buenos días,



Si te encuentras en situación administrativa irregular debes tramitar un arraigo cuando cuentes con 2 años de empadronamiento.



En el caso que nos comentas, se podría tramitar un arraigo social con medios económicos propios.



Para ello, debes solicitar un informe de esfuerzo de integración de los órganos competentes de la Comunidad Autónoma de tu lugar de residencia, en este caso Baleares.



Este informe usualmente se solicita en tu municipio de residencia, aportando el pasaporte, volante de empadronamiento histórico, certificados de cursos de idiomas, y certificados de cursos de acogida. También se puede aportar el carnet de la biblioteca, un certificado conforme eres voluntario de Cruz Roja y la inscripción en el curso de la Universidad de Barcelona. Así como los medios económicos de los que dispones.



A parte del informe, que debes solicitar antes de empezar el trámite de arraigo en la Oficina de Extranjería, deberás aportar la justificación de que cuentas con medios económicos suficientes para tu mantenimiento durante la vigencia de la autorización. Esto se corresponde con la cantidad prevista en el IPREM, que actualmente son 600€ al mes.



Si cuentas con un familiar en primer grado, cónyuge o pareja de hecho, con el que convivas, y éste ingresa más de 1200€ al mes, podrías tramitar un arraigo social a través de sus medios económicos. En este caso no es necesario el informe de esfuerzo de integración.



Te adjunto la hoja informativa del trámite: Hoja 28 - Autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales. Arraigo social - Migraciones - Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones



 



En caso de contar con un precontrato de trabajo de mínimo 20 horas a la semana, también podrías presentar un arraigo sociolaboral. En este caso no es necesario el informe de esfuerzo de integración.



Te adjunto la hoja informativa del trámite: Hoja 29 - Autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales. Arraigo sociolaboral. - Migraciones - Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones



 



Por último, recuerda que, junto con la documentación específica para cada tipo de arraigo, debes aportar: pasaporte completo en vigor, certificado de empadronamiento histórico, y certificado de antecedentes penales apostillado en vigor.



La vigencia del certificado de empadronamiento es de 3 meses, y de los antecedentes penales de 6 meses. Tenlo en cuenta en el momento de solicitarlos.



 



Quedo a tu disposición para cualquier duda o aclaración.



 



Saludos.


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