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Consulta     06/09/2021

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Formulada por: joder

inmigración

Descripción: Es un padre que lleva aquí veinte años y es de argentina, tiene dos hijos y actualmente esta separado y quiere que su madre de Argentina venga para cuidar a sus dos hijos. El le va a pagar a su madre y su madre es viuda y vive en Argentina. Entonces es saber como puede hacer para que su madre pueda venir a España. La madre y abuela de los niños tiene 56 años.

Nacionalidad: España

País de residencia: España

Provincia: Alicante

Respuesta 09/09/2021

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Aportada por: Victoria Fdz. Vidal

Su tarjeta de presentación: Abogada Cruz Roja Sevilla

Enunciado de respuesta:

 Buenas tardes:


Entiendo que este señor tiene la nacionalidad española, que la que es argentina es su madre que quiere venirse a España.


Puede pedir la tarjeta de familiar de ciudadano de la UE, siempre que cumpla los requisitos para ello. Aquí tienes la información completa.


Saludos

Consulta 10/09/2021

Aportada por: joder

Enunciado de respuesta:

 Buenos dias gracias por su respuesta, el no la tiene la nacionalidad española no la he pedido todavia. cuanto teradrian en darsela?



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Mensaje del 10/09
Buenos días te escribí hace unos días y al contestarme me dijiste que considerabas que el hijo que quiere traer a su madre de Argentina tiene la nacionalidad Española, pero no la tiene no la ha pedido aún. Me gustaría saber que ocurre si no la tiene y cuanto tardan en dártela. gracias

Respuesta 27/09/2021

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Aportada por: Victoria Fdz. Vidal

Su tarjeta de presentación: Abogada Cruz Roja Sevilla

Enunciado de respuesta:

 Buenos días:


Si pide la nacionalidad española, le tardarán unos dos años de media en concedérsela.


Si no es español es bastante más difícil la reagrupación de su madre. Según el reglamento de extranjería:


Ascendiente en primer grado del reagrupante residente de larga duración o larga duración-UE, o de su cónyuge o pareja, cuando estén a su cargo, sean mayores de sesenta y cinco años y existan razones que justifiquen la necesidad de autorizar la residencia en España.Se considera que están a cargo cuando se acredite que durante el último año el reagrupante ha transferido fondos o soportado gastos de su ascendiente de al menos el 51% del producto interior bruto per cápita, en cómputo anual, del país de residencia de éste.


Pero por lo que dices no es el caso, la madre no tiene esa edad. Podría intentar la reagrupación pero tendrá que fundamentar muy bien la necesidad de que venga y los medios económicos para mantenerla.


O bien obtener una residencia no lucrativa para la madre según los requisitos que encuentras en esta hoja.


Saludos y suerte.

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