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Consulta     11/03/2017

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Formulada por: Zizi63

El silencio positivo en recurso por denegación de residencia comunitaria.

Descripción: Hola
Me gustaría más información sobre el silencio positivo y si en caso de mi marido se puede aplicar ya que en en mayo del 2016 solicitamos tarjeta de familiar de comunitario se la negaron y metimos una vía de recurso en agosto y hasta el día hoy no hemos recibido ninguna información ya que solo dice que sigue en vía de recurso pero ya son 10 meses sin recibir alguna noticia hemos presentado todo hemos cumplido con todo lo solicitado yo y mis tres hijas tenemos la tarjeta de familiar de comunitario por que mi madre es española y para que mi marido entre a este derecho lo solicitamos como familia extensa presentamos estados de cuentas depósitos de dinero a su nombre de mi marido que mi madre nos mandaba yo tengo seguridad social por q trabajo y les he dado a mis hija seguridad social pero a el no hasta que tenga papeles,
Nos urge saber que podemos hacer después de 10 meses de espera si podemos solicitar el certificado de el silencio positivo en donde y como lo podemos hacer estamos desesperado acaba de nacer nuestro hijo aquí en España y mi marido aún sin tener papeles y sin poder trabajar ni hacer nada por favor espero su respuesta

Gracias.

Nacionalidad: México

País de residencia: España

Provincia: Madrid

Respuesta 27/03/2017

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Aportada por: Javier Sánchez Ribas

Su tarjeta de presentación: Abogado Fundación Migrar

Enunciado de respuesta:

 Estimada amiga,


El silencio positivo sólo se aplica, en estos casos, para la respuesta a la solicitud inicial, pero no para el recurso administrativo.


En este caso, existe silencia negativo, que significa que, si no le han contestado en un mes podría interponer un recurso judicial contencioso-administrativo.


No obstante, recuerde que al haber nacido su hijo en España, si pudiera tener la nacionalidad española por tal motivo, su esposo podría también obtener la autorización de residencia por arraigo familiar.


Suerte y un saludo.

Respuesta 27/03/2017

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Aportada por: Javier Sánchez Ribas

Su tarjeta de presentación: Abogado Fundación Migrar

Enunciado de respuesta:

 Estimado amigo,


En su caso, al ser mexicanos, su hijo podría solicitar la nacionalidad española pasado un año desde que obtenga la autorización de residencia en España.


Suerte y un saludo.

Consulta 27/03/2017

Aportada por: Zizi63

Enunciado de respuesta:

 Hola :


gracias por la información pero por parte de mi hijo que acaba de nacer me dicen que el no es español y por tal el es mexicano y tengo que tramitarle la tarjeta de residencia lo que no se es en cuánto tiempo puedo solicitar la nacionalidad para mi hijo ,perdón del estamos muy desesperados ya 

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