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Consulta 08/02/2016
Formulada por: Ikarma
Descripción: Me casé hace tres meses en México (yo español y mi esposa mexicana) llevando la documentación necesaria a la embajada española en Ciudad de México. El 21 de diciembre recogimos en dicha embajada el libro de familia y el certificado de matrimonio español y en marzo viaja mi esposa a España, pues vamos a residir aquí (yo por trabajo he vuelto unas semanas antes). En la comisaría me dicen que con el libro de familia español y el certificado de matrimonio español en ningún caso pueden denegarle el acceso y deportarla (los mexicanos no necesitan visado), además para tramitar su tarjeta de residencia es necesario que ella esté aquí pues uno de los requisitos es llevar su pasaporte para constatar que la fotocopia del mismo es correcta. Aun así, ¿pueden denegarle el acceso? ¿Se nos ha pasado algún documento por alto? En teoría creemos que no, nos hemos estado informando mucho durante años.
Muchas gracias por su atención. Francisco.
Nacionalidad: España
País de residencia: España
Provincia: Cádiz
Respuesta 08/02/2016
Aportada por: FRANCISCO RAMOS
Su tarjeta de presentación: Soy Letrado de extranjería, y quisiera ayudar y cooperar dentro de mis posibilidades.
Enunciado de respuesta: Cuando su esposa este en España puede solicitar la tarjeta de familiar comunitario, por ser conyuge de un ciudadano español. Una vez tenga la cita tiene que acompañarle su esposa a presentar la solicitud. Los documentos que tiene que llevar son: Certificado de matrimonio. DNI y copia del ciudadano español Pasaporte y fotocopia completo de su cónyuge Volante de empadronamiento conjunto de los dos en la ciudad donde residan Acreditar medios económicos (nomina, contrato de trabajo o alta como autónomo) Un saludo