Subscríbete a nuestro boletín semanal

actualidad

Asesoría on line

Ver consultas

Consulta     15/08/2020

Foto

Formulada por: YOLMAR

RENOVACIÓN DE RESIDENCIA CONCEDIDA POR ARRAIGO FAMILIAR

Descripción: He solicitado mi renovación de residencia que tengo hace un año y que me fue concedida por arraigo familiar por ser hija de español de origen. Al presentar mi documentación solo tenia cotizado en la seguridad social cinco (5) meses ya que por la situación del Covic se a dificultado todo. Estuve trabajando incluso en IFEMA con los pacientes del Coronavirus pero no llegue a los 6 meses que me exigen de mínimo en la seguridad social. Presente incluso mi inscripción como demandante de empleo en el SEPE y aun así me exigen un contrato de trabajo en vigor que no lo tengo ahora y que eso seria motivo de mi no renovación. Que opciones tengo pues no puedo irme de España ya que naci en Venezuela y volver seria un suicidio, ademas que no tengo a nadie alla. Gracias por las prontas y favorables respuestas, quedo de ustedes.

Nacionalidad: Venezuela

País de residencia: España

Provincia: Madrid

Respuesta 24/08/2020

Foto

Aportada por: Enrique Corredera Benítez

Su tarjeta de presentación: Abogado Cruz Roja Málaga

Enunciado de respuesta:

 Buenos días,


Existe otras posibilidades, puedes solicitar una autorización de residencia no lucrativa (exige 400€ IPREM mensual) o por la vía de la Protección Internacional (asilo), el estado español está concediendo a las denegaciones una autorización de residencia por razones humanitarias.


Por otra parte, los requisitos para la renovación (modificación a una de residencia y trabajo "no excepcional") son los siguientes:



  1. Que continúa con la relación laboral que dio lugar a la concesión de la autorización.

    Para acreditarlo podrá presentar cualquiera de estos documentos: copia del contrato, certificado de la empresa, informe de la vida laboral…



  2. Que ha realizado actividad laboral durante un mínimo de seis meses por año y haya suscrito un contrato de trabajo con el que figure en alta o asimilado al alta en el momento de solicitar la renovación.

    Para acreditarlo deberá presentar: copia del contrato de trabajo.



  3. Que ha realizado actividad laboral durante al menos tres meses por año, tiene contrato en vigor, y acredite que la relación que dio lugar a la autorización no se interrumpió por su causa, y buscó activamente empleo.

    Para acreditarlo deberá presentar: copia del contrato, y documentación acreditativa de que la autorización no se interrumpió por su causa y que buscó activamente empleo.



  4. Que le ha sido otorgada una prestación contributiva por desempleo.

    Para acreditarlo deberá presentar documentación acreditativa de la concesión de la prestación contributiva.



  5. Que es beneficiario de una prestación económica asistencial de carácter público destinada a lograr su inserción social o laboral.

    Para acreditarlo deberá presentar documentación acreditativa de la concesión de la prestación económica asistencial.



  6. Que ha estado trabajando y en alta en seguridad social un mínimo de nueve meses en un periodo de doce, o dieciocho meses en un periodo de veinticuatro, si la relación laboral no se interrumpió por su causa y buscó activamente empleo.

    Para acreditarlo deberá presentar informe de la vida laboral.



  7. Que su cónyuge o pareja con la que mantenga una relación análoga a la conyugal, cumple con los requisitos económicos para reagruparle.


 


        Para acreditarlo deberá aportar certificado de matrimonio o del vínculo de pareja y documentación que acredite los                         ingresos económicos.


 


 


Saludos,

volver

121.582 consultas resueltas - 29.204.010 páginas vistas desde julio 2005

Un espacio de Cruz Roja Española puesto en marcha por logo mini migrar.org