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Consulta 13/01/2017
Formulada por: CAMAGA
Descripción: Buenos días
Quería saber si me pueden ayudar con la información para los tramites y requisitos para la residencia en España, yo soy española, pero quiero ayudar a unos amigos Venezolanos a salir del país, porque están en un situación de escasez alimentaria y de medicinas, que sumada a la inseguridad hace insostenible su situación.
No se si cabe la situación de asilo.
Muchas gracias
Nacionalidad: España
País de residencia: España
Provincia: Toledo
Respuesta 23/01/2017
Aportada por: Antonio Ruiz Núñez de Castro
Su tarjeta de presentación: Abogado Cruz Roja Española Málaga
Enunciado de respuesta: Hola Camaga: La protección internacional la puede solicitar conforme a lo previsto en la Ley 12/2009: " Toda persona que, debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, opiniones políticas, pertenencia a determinado grupo social, de género u orientación sexual, se encuentra fuera del país de su nacionalidad y no puede o, a causa de dichos temores, no quiere acogerse a la protección de tal país, o al apátrida que, careciendo de nacionalidad y hallándose fuera del país donde antes tuviera su residencia habitual, por los mismos motivos no puede o, a causa de dichos temores, no quiere regresar a él, y no esté incurso en alguna de las causas de exclusión del artículo 8 o de las causas de denegación o revocación del artículo 9" Igualmente " las personas de otros países y a los apátridas que, sin reunir los requisitos para obtener el asilo o ser reconocidas como refugiadas, pero respecto de las cuales se den motivos fundados para creer que si regresasen a su país de origen en el caso de los nacionales o, al de su anterior residencia habitual en el caso de los apátridas, se enfrentarían a un riesgo real de sufrir alguno de los daños graves previstos en el artículo 10 de esta Ley, y que no pueden o, a causa de dicho riesgo, no quieren, acogerse a la protección del país de que se trate" Así pues las razones meramente económicas no darían lugar a este tipo de solicitud. Sin embargo, si consideran reunir los requisitos anteriormente descritos podrían formalizar su solicitud bien en frontera al llegar a España o si ya se encuentran en nuestro país en la Oficina de Extranjeros o Comisaría Provincial más cercana a su domicilio. Les recomiendo que si finalmente se deciden a hacerlo acudan a la Cruz Roja de la provincia en la que se encuentren para ampliar la información. Un cordial saludo