Subscríbete a nuestro boletín semanal
Consulta 21/03/2024
Formulada por: Disna
Descripción: Buenos días ¿cómo estás?, tengo una pregunta para una refugiada que tiene NIE de protección internacional. Solicitó la extensión familiar para su familia el día 15/03/2024 y por casualidad, la nacionalidad le apareció aprobada el 18/03/2024.
Su pregunta es ¿qué hace?, ¿solicitar la ciudadanía y el DNI y el pasaporte, o hacerlo más tarde para conservar el NIE con el que solicitó la extensión familiar? ¿hay algún problema o afecta su expediente porque solicitó la extensión familiar después de solicitar la ciudadanía?
Gracias
Nacionalidad: Siria
País de residencia: España
Provincia: Barcelona
Respuesta 25/03/2024
Aportada por: Belén Bustamante Blanco
Su tarjeta de presentación: Soy abogada en el programa de acogida de Protección Internacional de CR Sevilla.
Enunciado de respuesta: Buenos días, Efectivamente, con la adquisición de una nueva nacionalidad española, cesa nuestra condición de refugiada, así lo establece la Ley 12/2009 reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria. - La Tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión Europea: tiene requisitos más restrictivos en términos económicos. - La figura del arraigo familiar: no implica requisitos económicos como tal, pero el sujeto legitimado para iniciar el procedimiento es el extranjero en cuestión, es decir, es una figura pensada para familiares que estén en territorio español. Espero que la información facilitada sea de ayuda. Saludos,
Nuestro consejo es que finalice el trámite de obtención de la nacionalidad cuanto antes, para gestionar una de las siguientes vías de reagrupación familiar:
En el siguiente enlace podéis consultar toda la información sobre requisitos y procedimiento a seguir:
https://www.inclusion.gob.es/web/migraciones/w/tarjeta-de-residencia-de-familiar-de-ciudadano-de-la-union-europe-hi-102-
Para consultar los requisitos en el siguiente enlace:
https://www.inclusion.gob.es/web/migraciones/w/autorizacion-residencia-temporal-por-circunstancias-excepcionales.-arraigo-familiar
Consulta 26/03/2024
Aportada por: Disna
Enunciado de respuesta: Buenas noches, gracias por su respuesta, pero mi pregunta es cuando me llegue el pasaporte y el DNI, como dije, ¿qué pasará con el expediente de extensión de mi familia? Puede que esté en la mitad de la etapa, por favor aclaren este asunto. ¿Qué sucede con el extensión de mi familia, ya sea que se complete o se detenga automáticamente?
Respuesta 26/03/2024
Aportada por: Belén Bustamante Blanco
Su tarjeta de presentación: Soy abogada en el programa de acogida de Protección Internacional de CR Sevilla.
Enunciado de respuesta: No te puedo asegurar que haya comunicación entre administraciones para detener el expediente automáticamente en cuanto obtengas la plena nacionalidad. No obstante, una vez resuelta la extesión no podrás continuar los trámites porque ya no tendrás el estatuto de refugiada. En definitiva, no podrás completar la extesión cuando adquieras la nacionalidad española y se cerrará el procedimiento. Gracias.
Consulta 26/03/2024
Aportada por: Disna
Enunciado de respuesta: Buenos días, gracias por su paciencia conmigo, solicitaré la ciudadanía y luego la reunificación familiar para mi madre y mi padre, y sus edades son mayores de 65 años, ¿cuáles son las condiciones para su solicitud, por favor?Gracias
Respuesta 01/04/2024
Aportada por: Belén Bustamante Blanco
Su tarjeta de presentación: Soy abogada en el programa de acogida de Protección Internacional de CR Sevilla.
Enunciado de respuesta: Buenos días, Lo primero que tendríamos que hacer es ponernos en contacto con la embajada española en Damasco para ver si ellos actualmente ofrecen este servicio de visado para familiares de ciudadanos de la UE. Si la respuesta es negativa, tendremos que ponernos en contacto con la embajada de Beirut que ofrece todos los servicios consulares con regularidad. Los documentos necesarios para la obtención de sus visados son los siguientes: Una vez en España debemos gestionar en la Oficina de Extranjería de referencia la tarjeta de residencia de tu localidad: Saludos,