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Consulta 07/05/2021
Formulada por: NicolásZabala
Descripción: Estimados/ as
Somos una pareja y estamos pensando aplicar para un visado de estudio en España. Queremos hacer algunas consultas sobre el visado de estudio y como aplicar posteriormente para un permiso de trabajo por cuenta propia o cuenta ajena. Enumeramos las consultas, desde ya agradecemos su tiempo y ayuda.
Visado de estudio
- En nuestro caso, tenemos un certificado de unión convivencial, desde el año 2019, apostillado y legalizado ¿Este documento se considera suficiente para que se otorgue la visa de acompañante familiar del estudiante?
-Si los requisitos para el visado de estudio y el del familiar acompañante se cumplen ¿El visado de estudio y el del familiar se consiguen fácilmente?
-¿El familiar acompañante puede solicitar el permiso de trabajo por cuenta propia o ajena luego del primer año de residencia? ¿Nos podrìan asesorar respecto a este proceso?
-¿Tienen alguna información respecto a las visas otorgadas para becas Erasmus, que implican ser realizadas en 2 o 3 países de la comunidad europea? Por ejemplo, si la formaciòn se realiza en Francia durante el primer período y en España durante el segundo ¿La visa se tramita para Francia o para ambos países?
-Dada la situaciòn de la pandemia ¿Tienen una idea estimada de los plazos para la otorgación del visado de estudios o con cuánto tiempo de anticipacion se debe solicitar el visado?
Trabajo por cuenta propia
- ¿Nos podrían informar respecto a los requisitos de este permiso de residencia de trabajo por cuenta propia? Y si es unipersonal o si se puede pensar para un proyecto de ambos, como una micropyme
-¿Los permisos de trabajo por cuenta propia o ajena se consideran para solicitar posteriormente la nacionalidad? ¿Cómo se computan los años necesarios en ese caso?
Desde ya, muchìsimas gracias. Su ayuda es de muchìsimas utilidad para nosotros.
Saludos cordiales
Nicolas Zabala
Nacionalidad: Argentina
País de residencia: Argentina
Comentario: Gracias por su ayuda
Respuesta 29/06/2021
Aportada por: Lucía Artime Gómez
Su tarjeta de presentación: Asesora legal en materia de extranjería. Cruz Roja - Asturias
Enunciado de respuesta: Estimado Nicolás, voy a tratar de resolver tus dudas de forma ordenada, tal y como las has ido planteando. En cuanto a las referentes al visado de estudios: En relación a obtener una residencia con autorización para trabajar por cuenta propia: Hay que tener en cuenta que nunca se podría solicitar permiso de residencia y trabajo, ya sea por cuenta propia o ajena, antes de cumplirse los tres años de estancia como estudiante en España. Otra cuestión es que durante el tiempo que dura la estancia como estudiante, podrías solicitar autorización para trabajar por cuenta propia o ajena, pero siempre y cuando esta circunstancia fuera compatible con tus estudios y no supusiera tu sustento. Te adjunto los enlaces de los requisitos de todas las opciones que se contemplan. https://extranjeros.inclusion.gob.es/es/informacioninteres/informacionprocedimientos/ciudadanosnocomunitarios/hoja003/index.html https://extranjeros.inclusion.gob.es/es/informacioninteres/informacionprocedimientos/Ciudadanosnocomunitarios/hoja017/index.html https://extranjeros.inclusion.gob.es/es/informacioninteres/informacionprocedimientos/Ciudadanosnocomunitarios/hoja029/index.html Espero haber resuelto tus dudas al respecto. Un saludo