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Consulta 30/07/2016
Formulada por: NELSON E
Descripción: BUENAS TARDES, EL ASUNTO ES QUE LUEGO DE HABER ESTADO RESIDENCIADO EN ESPAÑA POR MATRIMONIO CON ITALIANA; REGRESÉ A MI PAÍS DE ORIGEN (VEN) POR ASUNTOS PROFESIONALES. AHORA DESEO REGRESAR A ESP. POR MOTIVO LABORAL PERO MI NIE ESTÁ CADUCADO/VENCIDO. QUE DOCUMENTACIÓN DEBO PRESENTAR, PRIMERO PARA PODER ENTRAR A ESP. Y LUEGO SOLICITAR RENOVACIÓN DE NIE PARA RECUPERAR LA RESIDENCIA Y ASÍ PODER LABORAR LEGALMENTE. MIL GRACIAS POR LA ORIENTACIÓN.
Gracias
Nacionalidad: Venezuela
País de residencia: Venezuela
Respuesta 31/07/2016
Aportada por: Javier Sánchez Ribas
Su tarjeta de presentación: Abogado Fundación Migrar
Enunciado de respuesta: Estimado amigo, Mientras continúe casado con italiana tiene derecho a entrar a España siempre que viaje para reunirse con su mujer o viaje con ella. Para esto no necesitaría tramitar visado, sólo debería viajar con los documentos que acrediten sus circunstancias (certificado de matrimonio, DNI italiano de su esposa y empadronamiento de ella en España). Otra cuestión sería obtener el derecho de residencia en España. Para ello sería neceario que su esposa estuviera trabajando en España o que tuviera medios de vida propios. Puede encontrar más información sobre este procedimiento pinchando aquí. Suerte y un saludo.
Consulta 01/08/2016
Aportada por: NELSON E
Enunciado de respuesta: Hola colega! Saludos, también Abogado de Ven. Ante todo mil gracias por su orientadora respuesta. Si bien es cierto que en familia aún estamos en Ven., mi inquietud radica en qué debo hacer yo, en caso que deba regresar, ingresar a Esp solo, antes que el resto de mi familia, por que tratándose de una propuesta laboral a mi persona, es muy probable que yo lo haga antes que mi mujer, ya que ella por asunto de contrato laboral en Ven, aun no podrá regresar conmigo a Esp. hasta que culmine su compromiso en cerca de 6 meses.
Respuesta 03/08/2016
Aportada por: Javier Sánchez Ribas
Su tarjeta de presentación: Abogado Fundación Migrar
Enunciado de respuesta: Estimado amigo La verdad es que en la condiciones en que usted tiene pensado entrar en España, le podría ser denegada la entrada, pues no cumple estrictamente con los requisitos necesarios para que su entrada sea autorizada. Le aconsejaría comprobar si su esposa continúa empadronada en España, lo cual es posible si no hace mucho que se fue. En ese caso, con el documento de empadronamiento creo que no tendría problemas para entrar. Si esto no es posible, podría ayudar que, al menos su esposa tuviera un billete ya comprado para viajar a España después de usted. Si nada de eso es posible, podría intentar entrar cumpliendo los requisitos de turista (carta de invitación y medios económicos suficientes), y posteriormente, una vez su esposa estuviera en España, obtener su autorización de residencia. Suerte y un saludo.