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Consulta 02/10/2021
Formulada por: Jhonsito
Descripción: Hola muy buenas tardes! Espero que estén muy bien con la ayuda de Dios! Quería hacerles una consulta nosotros vamos a solicitar reagrupacion de familia extensa en españa por nuestra enfermedad y lazos familiares, quería consultar, si hacemos este trámite, obviamente al principio mientras nos ponemos en tratamiento médico no podemos trabajar, pero una vez estemos mejor, podremos trabajar legalmente? O con la reagrupacion de familia extensa no se puede... Mil gracias!! Y otra duda si después de un tiempo queremos cambiar a régimen general podríamos como sería? Saludos!!
Nacionalidad: Colombia
País de residencia: Colombia
Respuesta 14/10/2021
Aportada por: Victoria Fdz. Vidal
Su tarjeta de presentación: Abogada Cruz Roja Sevilla
Enunciado de respuesta: Hola Jhonsito: No me queda muy claro cual es el procedimiento que vas a seguir: reagrupación (que se hace cuando el reagrupado está aún en su país de origen, mediante visado), permiso de residencia por enfermedad sobrevenida, tarjeta de familiar de ciudadano de la UE,.... En tu pregunta mezclas varios regímenes. En todo caso, si obtienes un permiso de residencia (solo residencia, sin trabajo) pasado un año puedes pedir la modificiación a residencia y trabajo. Aquí tienes información sobre MODIFICACIÓN DE LA SITUACIÓN DE RESIDENCIA A RESIDENCIA Y TRABAJO. Saludos
Consulta 14/10/2021
Aportada por: Jhonsito
Enunciado de respuesta: Muchas gracias por su respuesta! Mi padre y yo seguiremos el proceso de reagrupacion de familia extensa en españa por nuestra enfermedad por qué mi papá tiene una enfermedad que necesita cuidado y casi toda su familia cercana es ciudadana espa¿ola y viven allí por lo que tiene que viajar a dónde ellos y yo con el... Preguntaba en caso que pase un tiempo y este mejor de salud y quiera trabajar si puede hacerlo legalmente con la reagrupacion familiar extensa o si no se le permite. Gracias!! Yo tengo allí también a mí familia paterna y tengo una enfermedad psicológica grave y acompañaría a mi padre ya que dependo aún de el, tengo 18 años, cree usted que sea posible? Gracias!
Respuesta 14/10/2021
Aportada por: Victoria Fdz. Vidal
Su tarjeta de presentación: Abogada Cruz Roja Sevilla
Enunciado de respuesta: Sí Jhonsito, como ya te he dicho puedes trabajar una vez pasado un año. En la hoja informativa cuyo enlace te envié antes, puedes ver la información. Saludos
Consulta 15/10/2021
Aportada por: Jhonsito
Enunciado de respuesta: Listo, muchísimas gracias por aclarar las dudas! Disculpe una última pregunta, si iniciamos el proceso de reagrupacion de familia extensa en españa ya que nuestros familiares son ciudadanos espa¿oles, este tiempo que estemos computaria para la nacionalidad o no? Graciass
Respuesta 15/10/2021
Aportada por: Victoria Fdz. Vidal
Su tarjeta de presentación: Abogada Cruz Roja Sevilla
Enunciado de respuesta: Hola de nuevo Jhonsito: No, no computa para la nacionalidad el tiempo de estancia previo a la concesión del permiso de residencia. Saludos