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Consulta     21/05/2025

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Formulada por: JorgeSmora

Arraigo socio-laboral

Descripción: Hola buenos días Quisiera por favor recibir su ayuda con un asesoramiento, pues estoy cerca a cumplir mis 2 años demostrables en el pais y quisiera aprovechar las nuevas reformas laborales para regularizarme lo más pronto posible. Gracias

Nacionalidad: Colombia

País de residencia: España

Provincia: Madrid

Respuesta 26/05/2025

Aportada por: Laura Martín

Su tarjeta de presentación: Abogada.

Enunciado de respuesta:

Hola:



Para poder solicitar el arraigo sociolaboral necesita cumplir los siguientes requisitos



• No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico

Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de

aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.

• Encontrarse en España y no tener la condición de solicitante de protección

internacional en el momento de la presentación de la solicitud ni durante su

tramitación.

• Haber permanecido en territorio nacional de forma continuada durante, al

menos, los dos años anteriores a la presentación de dicha solicitud. A estos

efectos, cuando la persona extranjera haya sido solicitante de protección

internacional, no será computable el tiempo de permanencia en España durante la

tramitación de la solicitud de protección internacional hasta su resolución firme en

vía administrativa y, en su caso, judicial.

• No representar una amenaza para el orden público, seguridad o salud pública.

• Carecer de antecedentes penales en España y en los países donde haya residido

los últimos cinco años, por delitos existentes en el ordenamiento español.

• No figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España

tenga firmado un convenio en tal sentido.

• No encontrarse, en su caso, dentro del plazo de compromiso de no retorno a

España

• Abonar la tasa correspondiente por la tramitación del procedimiento.

• Contar con uno o varios contratos de trabajo que garanticen al menos el salario

mínimo interprofesional o el salario establecido, en su caso, en el convenio colectivo

aplicable, en el momento de la solicitud, en proporción a la jornada trabajada, y cuya

suma represente una jornada semanal no inferior a veinte horas en cómputo global.

Podrá aportarse más de un contrato de trabajo en los siguientes supuestos:

- En el caso de la realización de trabajos de naturaleza estacional o vinculados

a actividades productivas de temporada se podrán presentar dos o más

contratos, con distintos empleadores y concatenados.

-En el caso de desarrollo de actividades en una misma o distinta ocupación,

trabajando parcialmente y de manera simultánea para más de un

empleador.

• El empleador o empleadores deberán cumplir los siguientes requisitos:

o Encontrarse al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y

frente a la Seguridad Social.

o Contar con medios económicos, materiales o personales, suficientes para su

proyecto empresarial y para hacer frente a las obligaciones asumidas en el

contrato frente al trabajador.



La documentación que debe presentar es la siguiente:



• Impreso de solicitud en modelo oficial (EX–10).

• Copia completa del pasaporte, título de viaje o cédula de inscripción.

• Documentación acreditativa de la permanencia continuada en España durante

un periodo mínimo de dos años.

• Certificado de antecedentes penales expedido por las Autoridades del país o

países en los que haya residido durante los cinco últimos años anteriores a la

entrada en España.

• Contrato o contratos de trabajo con las características exigidas, firmado/s por

el empleador/es y trabajador.

• También deben acompañarse los siguientes documentos:

¿ Copia del N.I.F. y, en su caso, los estatutos de la sociedad para determinar si

la persona que firma el contrato está habilitada para ello, de las escrituras de la

empresa.

¿ Acreditación de que la empresa garantiza la solvencia necesaria, a través

de: la declaración del IRPF, o del IVA, o del Impuesto de Sociedades o del

informe de la vida laboral de la empresa (VILE).

• Copia de la documentación que acredite la capacitación y, en su caso, la

cualificación profesional legalmente exigida para el ejercicio de la profesión.



Para más información sobre cómo tramitarlo, le dejo el siguiente enlace: 



https://www.inclusion.gob.es/documents/410169/2260168/29.+Autorizaci%C3%B3n+de+residencia+temporal+por+circunstancias+excepcionales.+Arraigo+sociolaboral..pdf/e3ee5218-695c-cf87-5308-2f37112c3d73?t=1747835733624 



Saludos.


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