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Consulta 13/05/2025
Formulada por: Juanchog10
Descripción: El día 19 de Mayo cumplo tres meses de estar en España, específicamente en Tenerife me encuentro con mi esposa y mi hijo de 7 años, queremos comenzar con la tramitación de documentos no contamos con NIE, ni con ningún permiso y nos dicen que lo único debemos hacer es esperar 2 años para poder hacer papeles o que paguemos un abogado y no tenemos el dinero suficiente, es un poco complicado ya que estamos en un momento difícil y no conseguimos trabajo agradezco nos puedan ayudar de todo corazón ya que no quiero que mi hijo pase un mal momento
Nacionalidad: Colombia
País de residencia: España
Provincia: Tenerife
Respuesta 10/06/2025
Aportada por: Myriam Fernandez
Su tarjeta de presentación: .
Enunciado de respuesta: Buenas tardes Juanchog10, Efectivamente, la información que te han dado es correcta: si has entrado a España como turista o de manera irregular, no podrás obtener una autorización de residencia de manera inmediata. Si has salido de tu país por motivos de seguridad, puedes contemplar solicitar la protección internacional, lo que sí te permitiría regularizar tu situación eventualmente. Cabe destacar que el encontrarse sobrecargado el sistema de asilo, este proceso es muy largo. Además, el tiempo como solicitante de asilo no se contabiliza para obtener otros tipos de residencia, por lo que se recomienda solicitar únicamente si realmente aplica a tu caso. Por otro lado, la única otra manera de regularizar tu situación es a través de las autorizaciones de residencia temporal por circunstancias excepcionales, más conocidas como 'arraigo'. Las opciones son las siguientes, puedes pinchar en los enlaces para acceder a los requisitos: 1. Arraigo socioformativo Como verás, casi todas exigen como mínimo tener 2 años de permanencia en España. Te recomiendo que tú y tu familia se empadronen ya que esa es la manera más fácil de poder acreditar esta permanencia. La única autorización que no requiere permanencia mínima es el arraigo familiar, dirigida a: - Padre o madre, o tutor de un menor, nacional de otro Estado miembro de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, siempre que al solicitar acredite residir en territorio nacional, tener a cargo al menor y convivir con éste o esté al corriente de sus obligaciones paternofiliales. - Quien preste apoyo a una persona con discapacidad, que sea nacional de otro Estado miembro de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, para el ejercicio de su capacidad jurídica, siempre que la persona solicitante sea su familiar, tenga a cargo a la persona con discapacidad y conviva con ella. No dudes en volver a contactarnos si tienes cualquier otra duda sobre los arraigos. Un saludo,
Aquí puedes consultar los requisitos para solicitar protección internacional, y aquí encontrarás los detalles sobre el procedimiento.
2. Arraigo social
3. Arraigo familiar
4. Arraigo sociolaboral