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Consulta 09/03/2025
Formulada por: Vaness4
Descripción: 1. Llegada y situación actual
Llegué a España el 12 de agosto de 2023 con una visa de estudios (Erasmus) hasta el 4 de febrero de 2024. Luego, cursé un programa de azafata en Murcia (mayo-julio 2024). Actualmente, resido en Barcelona como au pair sin contrato formal, pero con transferencias bancarias mensuales.
2. Empadronamientos y viajes
Empadronada en Murcia (enero 2024) y Vigo (septiembre 2024).
Viajes: Italia (14-29 enero 2024) y Colombia (5-26 febrero 2024) con salvoconducto de retorno.
3. Situación migratoria
En enero de 2024 inicié el trámite de la TIE, pero tras regresar de Colombia, me informaron que había expirado el plazo para retirarla, quedando en situación irregular sin notificación.
4. Situación laboral y financiera
Recibo transferencias mensuales como au pair.
Cuenta bancaria española activa desde 2023.
No consigo empleo formal por falta de documentos.
5. Evidencias de integración
Certificados de estudios (Erasmus y Air Hostess).
Extractos bancarios, empadronamientos y transferencias mensuales.
Atención médica y facturas de gastos en España.
6. Intención de regularización y dudas
Quiero solicitar arraigo social en agosto de 2025. Dudas:
¿Puedo justificar residencia con estudios, movimientos bancarios y tiquetes?
¿Cómo obtener copias de mis tiquetes de transporte?
¿Qué documento pedir a la familia au pair?
¿Puedo solicitar arraigo formativo antes de los 2 años?
¿Qué actividades sociales o voluntariados me recomienda?
7. Documentación disponible
Pasaporte con sellos y salvoconducto.
Certificados de estudios.
Extractos bancarios.
Empadronamientos en Murcia y Vigo.
Transferencias bancarias de la familia.
Pruebas médicas y facturas parciales.
Agradezco su orientación y recomendaciones.
Nacionalidad: Colombia
País de residencia: España
Provincia: Barcelona
Respuesta 11/03/2025
Aportada por: Iñigo Portilla Abiega
Su tarjeta de presentación: Abogado especialista en Derecho de Extranjería
Enunciado de respuesta: Hola Vanessa, Salvo que seas cónyuge o pareja de hecho de una persona española (o con nacionalidad de otro estado miembro de la Unión Europea), todos los permisos de residencia que podrás solicitar requieren acreditar dos años de permanencia previa. Así que NO puedes solicitar ningún permiso de residencia antes de llevar dos años de permanencia. Los medios de prueba son extensos, cualquiera que pruebe que te encuentras en España. De los municipios en los que hayas estado empadronada, deberás recabar el volante histórico ed empadronamiento. No sabría decirte cómo obtener tus billetes de transporte, ni qué actividades sociales o voluntariado realizar. Esto segundo se trata más de una decisión personal, no suma puntos a tu hipotética solicitud de un permiso de residencia. El contrato de trabajo que debes aportar, en su caso, debe tratarse de un contrato indefinido, en el cual ganes, al menos, 1385 euros brutos mensuales (si hablamos de 12 pagas), o 1185 brutos mensuales (si se expresa el salario en 14 pagas). Un saludo
Respuesta 11/03/2025
Aportada por: Iñigo Portilla Abiega
Su tarjeta de presentación: Abogado especialista en Derecho de Extranjería
Enunciado de respuesta: Hola Vanessa, Salvo que seas cónyuge o pareja de hecho de una persona española (o con nacionalidad de otro estado miembro de la Unión Europea), todos los permisos de residencia que podrás solicitar requieren acreditar dos años de permanencia previa. Así que NO puedes solicitar ningún permiso de residencia antes de llevar dos años de permanencia. Los medios de prueba son extensos, cualquiera que pruebe que te encuentras en España. De los municipios en los que hayas estado empadronada, deberás recabar el volante histórico ed empadronamiento. No sabría decirte cómo obtener tus billetes de transporte, ni qué actividades sociales o voluntariado realizar. Esto segundo se trata más de una decisión personal, no suma puntos a tu hipotética solicitud de un permiso de residencia. El contrato de trabajo que debes aportar, en su caso, debe tratarse de un contrato indefinido, en el cual ganes, al menos, 1385 euros brutos mensuales (si hablamos de 12 pagas), o 1185 brutos mensuales (si se expresa el salario en 14 pagas). Un saludo
Consulta 11/03/2025
Aportada por: Vaness4
Enunciado de respuesta: Muchas gracias por tu respuesta. Ahora tengo dos dudas, cuando yo vine a España fue por visa de estudios durante 6 meses y eso quiere decir que fui legal durante ese tiempo, esos 6 meses se pueden incluir dentro de los 2 años de permanencia que solicitan? Y también quería informarte que no gano eso en el trabajo, así que debería buscar uno donde gane eso?
Quedo atenta
Respuesta 11/03/2025
Aportada por: Iñigo Portilla Abiega
Su tarjeta de presentación: Abogado especialista en Derecho de Extranjería
Enunciado de respuesta: Empezando por la segunda pregunta, SÍ, como mínimo debes ganar eso, entre uno o varios trabajos. TODO cuenta para demostrar tu permanencia. Lo fundamental es el padrón porque es un documento público (lo expiden los ayuntamientos) y porque hace prueba continuada. A falta de padrón, servirá cualquier otro documento que acredite que te encontrabas en España. Un saludo
Consulta 11/03/2025
Aportada por: Vaness4
Enunciado de respuesta: Yo me empadroné en enero del año pasado pero en febrero tuve un viaje a Colombia por 3 semanas, esto me perjudicaría? Y luego cambie mi empadronamiento a otro lugar de España en septiembre
Respuesta 11/03/2025
Aportada por: Iñigo Portilla Abiega
Su tarjeta de presentación: Abogado especialista en Derecho de Extranjería
Enunciado de respuesta: No te perjudica el viaje. El empadronamiento no tiene por qué ser en el mismo municipio, no pasa nada. Debes solicitar un volante histórico de empadronamiento en los municipios en que hayas estado empadronada, excluyendo en el que vives ahora. Un saludo
Consulta 14/03/2025
Aportada por: Vaness4
Enunciado de respuesta: Buen dia, me gustaría saber si en la situación en la que estoy es un impedimento para solicitar visa para ir a Londres e ingresar al país? quedo atenta, gracias
es decir, irme de España para Reino Unido y sacar la visa desde España o es mejor esperar solicitar la residencia?
Consulta 14/03/2025
Aportada por: Vaness4
Enunciado de respuesta: Pero mi estado que es irregular en España no me perjudica para salir de España? Y también no me perjudica al solicitar la visa acá en España? Porque creo que estaría corriendo el riesgo de que me la negaran al ver mi estado acá
Consulta 14/03/2025
Aportada por: Vaness4
Enunciado de respuesta: Me perjudicaría para volver a entrar España y también a los demás países de la UE? o solo sería España?
Respuesta 14/03/2025
Aportada por: Iñigo Portilla Abiega
Su tarjeta de presentación: Abogado especialista en Derecho de Extranjería
Enunciado de respuesta: Te podría perjudicar para volver a entrar cualquier estado miembro de la UE. Un saludo
Consulta 14/03/2025
Aportada por: Vaness4
Enunciado de respuesta: Y si me espero la residencia y luego me voy a Reino Unido, podría volver a algún país miembro de la UE? O tengo límite de tiempo?
Respuesta 14/03/2025
Aportada por: Iñigo Portilla Abiega
Su tarjeta de presentación: Abogado especialista en Derecho de Extranjería
Enunciado de respuesta: Si eres residente legal y quieres viajar a Reino Unido dependerá... de la legislación del Reino Unido. Insisto en que no tiene que ver con la legislación española de residencia. Un saludo
Respuesta 14/03/2025
Aportada por: Iñigo Portilla Abiega
Su tarjeta de presentación: Abogado especialista en Derecho de Extranjería
Enunciado de respuesta: Sí, te perjudicaría en el sentido de que no tienes derecho de regreso. No existe ese derecho.
Respuesta 14/03/2025
Aportada por: Iñigo Portilla Abiega
Su tarjeta de presentación: Abogado especialista en Derecho de Extranjería
Enunciado de respuesta: Hola, La solicitud de un visado para ir como turista al Reino Unido no depende de tu estatus como residente, o no, en España. Es algo que solo compete al Reino Unido, que ni pertenece a la Unión Europea, ni al Espacio Económico Europeo. Deberás consultarlo en la web del Consulado general del ReinoUnido en España. Un saludo
Respuesta 14/03/2025
Aportada por: Iñigo Portilla Abiega
Su tarjeta de presentación: Abogado especialista en Derecho de Extranjería
Enunciado de respuesta: Para salir no te perjudica. Te podría perjudicar para volver a entrar en España. Insisto en que viajar al Reino Unido depende... del Reino Unido, no de la legislación española. Un saludo
Consulta 14/03/2025
Aportada por: Vaness4
Enunciado de respuesta: Si entiendo lo que me dices, me refiero a volver a España o algún país miembro de la UE, una vez salga y me vaya a Reino Unido por ejemplo 1año eso ya me perjudicaría para volver a la UE?