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Consulta 09/03/2025
Formulada por: Xim.11
Descripción: Buen día
Tengo la siguiente situación
Mi hija tiene residencia por hijo de residente legal nacido en España. Residencia no lucrativa. El 21 de marzo le caduca, de acuerdo con mercurio el trámite a seguir es EX-02 renovación por reagrupación familiar, pese a que mi hija nació aquí, confirme con extranjería de Alicante, sobre el trámite. Pero tengo un problema y es que para la solicitud inicial estábamos empadronarnos en la vivienda del jefe de mi marido porque donde vivimos el casero no nos autorizó a empadronarnos. Uno de los requisitos para este trámite es el informe de vivienda, el cual no pudimos obtener por no tener un padrón que concuerde con el domicilio real en el que vivimos. Yo fui a servicios sociales de mi localidad me hicieron visita y me dieron un informe de verificación de vivienda para que llevara a Estadística del Ayuntamiento y ellos me empadronaran sin la autorización del propietario, pero aún no dan respuesta y aquí en general tardan meses.
Yo solicité el informe de vivienda a Pangea, quienes son los que se encargan De hacer el proceso de informe de vivienda, y me han dicho que programaran la cita con policía para realizarlo, pero que no saben si eso me lo valga extranjería, porque padrón colectivo lo piden y pues no concuerda realmente.
Por lo tanto, quisiera saber cómo debo presentar la documentación, no quisiera me negaran la renovación de mi hija por algo ajeno a nosotros.
Por otro lado, si presento la documentación después del 21 de marzo que vence su residencia, es cierto que pueden poner alguna sanción?
Sé que es un caso enredado y extenso de explicar por escrito, pero espero hacerme entender para que me ayuden . Mil gracias.
Nacionalidad: Colombia
País de residencia: España
Provincia: Alicante
Comentario: Mi hija tiene 20 meses. La residencia se la extendió su padre por medio de arraigo social, mi pareja ya presentó su "renovación"/modificación solicitud de residencia por cuenta ajena inicial, sigue en trámite.
Respuesta 12/03/2025
Aportada por: Belén Bustamante Blanco
Su tarjeta de presentación: Soy abogada en el programa de acogida de Protección Internacional de CR Sevilla.
Enunciado de respuesta: Buenos días, Efectivamente, para la renovación de la autorización de hijo de residente nacido en España se debe seguir el procedimiento de renovación por reagrupación familiar (Hoja Informativa HI 14). Aquí os dejo el enlace con toda la información: https://www.inclusion.gob.es/web/migraciones/w/renovacion-de-la-autorizacion-de-residencia-por-reagrupacion-familiar. No obstante, los plazos para solicitar la renovación de un permiso son algo más laxos de lo que comenta. Se puede renovar desde 60 días antes del vencimiento del permiso, hasta 90 días después de haber caducado. Procura conseguir empadronarte y presentar el informe de vivienda. Saludos,