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Consulta     20/11/2024

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Formulada por: Neko91

Regularización

Descripción: Buen día soy colombiana, ya tengo la resolución aprobada de pareja de echo, pero me encuentro como irregular en el país, mi pareja tiene residencia temporal por dos años y el se encuentra trabajando (es de nacionalidad colombiana), quiero cambiar mi situación administrativa y poder regularizarme en el país. No requiero permiso de trabajo, solo quiero regularizarme. Quiero saber si con la nueva reforma que se aprobó el 19 de noviembre puedo solicitar algún tipo de arraigo para poder regularizarme, llevo un año en el país de España. Gracias por su colaboración

Nacionalidad: Colombia

País de residencia: España

Provincia: Albacete

Respuesta 26/11/2024

Aportada por: Laura Martín

Su tarjeta de presentación: Abogada.

Enunciado de respuesta:

Hola:



La nueva normativa entrará en vigor el próximo mes de mayo por lo que, de momento, no ha cambiado nada. Con los datos que nos proporciona, la posibilidad de regularización se centraría en la protección internacional (asilo), en caso de que cuente con motivos para solicitarla, o en los arraigos:



- Arraigo social: necesita tres años de permanencia demostrable en España y un contrato de trabajo que cumpla los requisitos o medios de vida suficientes. Más información en: https://www.inclusion.gob.es/web/migraciones/w/autorizacion-residencia-temporal-por-circunstancias-excepcionales.-arraigo-social



- Arraigo por formación: necesita dos años de permanencia demostrable en España y el compromiso de realizar una formación reglada. Más información en: https://www.inclusion.gob.es/web/migraciones/w/arraigo-formacion



- Arraigo laboral: necesita haber cotizado más de seis meses en España y haber tenido una permanencia en el país de dos años. Más información en: https://www.inclusion.gob.es/web/migraciones/w/autorizacion-residencia-temporal-por-circunstancias-excepcionales.-arraigo-laboral



Un saludo.


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