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Consulta 16/07/2024
Formulada por: Ana16
Descripción: Hola, tengo 2 años en españa con padron continuo, quisiera regularizarme
Nacionalidad: Venezuela
País de residencia: España
Provincia: Barcelona
Respuesta 16/07/2024
Aportada por: Myriam Fernandez
Su tarjeta de presentación: .
Enunciado de respuesta: Buenas tardes Ana16, Según lo que nos cuentas, puedes solicitar algún tipo de arraigo y así regularizar tu situación administrativa. Te comento, a grandes rasgos, los diferentes tipos de arraigo que existen para que veas cuál de ellos se ajusta mejor a tu situación: 1. El arraigo familiar, para los siguientes supuestos: 4. El arraigo laboral: 3. El arraigo para la formación: 4. El arraigo social: Esperamos que lo anterior te resulte de utilidad. Si deseas recibir orientación en persona respecto a este proceso, te recomendamos acudir al Servicio de Atención al Inmigrante, Emigrante y Refugiado (SAIER) en Barcelona. Un saludo.
- Ascendiente o tutor/a de un/a menor español/a, o hijo/a de padre o madre español/a de origen;
- Cónyuge o pareja de hecho acreditada de un/a ciudadano/a español/a;
- Prestar apoyo a una persona española con discapacidad.
La figura del arraigo familiar es la única que no requiere un tiempo mínimo de permanencia en España. Todos los detalles sobre este trámite se encuentran en esta web.
- 2 años de permanencia continuada en España;
- Poder demostrar la existencia de relaciones laborales legales de una duración mínima de 6 meses en España.
Todos los detalles sobre este trámite se encuentran aquí.
- 2 años de permanencia continuada en España;
- Que te comprometas a realizar una formación, capacitación profesional o certificación de aptitud técnica.
Esta figura de arraigo es la única que no te permite trabajar. Todos los detalles sobre este trámite se encuentran en esta web.
- 3 años de permanencia continuada en España;
- Tener vínculos familiares o un informe de integración favorable;
- Un contrato de trabajo. Sin embargo, el órgano que presente el informe de integración puede recomendar que se exima a la persona solicitante de la necesidad de un contrato de trabajo si ésta acredita que cuenta con los medios económicos suficientes.
Todos los detalles sobre este trámite se encuentran en esta web.