Subscríbete a nuestro boletín semanal
Consulta 03/07/2024
Formulada por: Jzortega
Descripción: Estimados
¿Puedo anular una cláusula ilegal de mi contrato de arrendamiento que me obliga a estar un año en una vivienda y si no lo cumplo debo indemnizar al propietario con todas las mensualidades faltantes para completar el año? Llevo 8 meses viviendo ahí y debo regresar a mi país por lo que no puedo cumplir con lo pactado en el contrato. ¿Puedo anular dicha cláusula ilegal y abusiva? En el artículo 11 de la ley de urbanismo señala que son mínimo 6 meses y que si desea el arrendador , puede dar término con 30 días de anticipacion. De ser así, ¿cómo se procede? Muchas gracias
Nacionalidad: Chile
País de residencia: España
Provincia: Granada
Respuesta 05/07/2024
Aportada por: Patricio Sánchez Cortés
Su tarjeta de presentación: Abogado. Cruz Roja Española - Salamanca
Enunciado de respuesta: Hola Jzortega. Habría que ver qué tipo de arrendamiento es. Si es de vivienda o para uso distinto del de vivienda. Si es el primero, efectivamente los 6 primeros meses son obligatorios y el arrendador, si te fueras antes, puede reclamarte todos los meses que queden hasta completar esos 6 meses. Una vez pasados esos 6 meses, también te puede reclamar una indemnización, pero en este caso, solo 15 días por cada año que quedara por completar el contrato. Si el tuyo era por un año, después de esos 6 meses, te podría reclamar solo la parte proporcional, es decir, si son 15 días por año, podría reclamarte siete días y medio si te quedaran 6 meses. Las cláusulas nulas no es necesario borrarlas del contrato porque nacen nulas desde el primer momento. Lo que es importante es el tipo de contrato que tengas, porque si es de una habitación, por ejemplo, sería contrato de uso distinto al de vivienda (también es discutible) y se aplica lo que pacten las partes y ahí sí podría reclamártelo. Acércate a Cruz Roja de Granada o a cualquier otra organización y que te puedan asesorar directamente. Suerte y un saludo.