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Consulta 01/07/2024
Formulada por: Dani F
Descripción: Buen día. Mi pareja obtuvo la residencia por arraigo social. Tuvimos una bebé hace un año, y hasta ahora pudimos expedir el pasaporte, ella quedó con nacionalidad uruguaya, ya que su padre lo es también. Queremos empezar la residencia de mi bebé, he estado mirando el la página para poder iniciarla, pero me surgen las siguientes inquietudes.
1. Debo apostillar las fotocopias del pasaporte ante el tribunal superior de España ?
2. Debo solicitar primero cita para pedir numero de NIE?
3. Se puede realizar este trámite por Mercurio, a través de su padre ?
4. Debo pagar las tasas antes de subir toda la documentación o pago una vez ellos me lo soliciten ?
5. En el trámite se debe indicar residencia temporal ??
Por otro lado, cuando le otorguen la residencia a mi hija yo podría pedir algún arraigo o existe alguna figura que me sirva para obtener residencia o solo me cobija cuando tenga la Nacionalidad mi hija?
Mil gracias por su ayuda siempre.
Lindo día !
Nacionalidad: Colombia
País de residencia: España
Provincia: Alicante
Respuesta 02/07/2024
Aportada por: Belén Bustamante Blanco
Su tarjeta de presentación: Soy abogada en el programa de acogida de Protección Internacional de CR Sevilla.
Enunciado de respuesta: Buenas tardes Dani, Como hija de residente legal, nacida en España, tendrá derecho a la autorización de residencia ligada a la del padre, que por lo que entiendo es temporal en el caso que me comentas. Si el padre tuviera residencia de larga duración, entonces tendríamos que solicitarlo así para la hija. Para tramitar su residencia necesitaréis aportar: Este trámite se puede realizar a través de Mercurio si el padre tiene certificado digital. De hecho, es mucho más recomendable que hacerlo de forma presencial, ya que se agiliza el trámite. No debes solicitar NIE, éste se le asignará cuando tramite su residencia. No tienes que abonar nada antes, las tasas se devengarán en el momento de admisión a trámite de la solicitud, en ese momento te darán el plazo de diez días hábiles para abonarlas. https://www.inclusion.gob.es/web/migraciones/w/autorizacion-de-residencia-del-hijo-de-residente-legal-nacido-en-espana-hi-58- Por otro lado, en lo relativo a tu situación, lo más sencillo sería esperar el año para que ella pueda pedir la nacionalidad, como dices, y, una vez resuelta, tramitar el arraigo familiar a tu favor. Ya que para este permiso no te piden demostrar que tengas medios económicos suficientes, ni seguro médico, etc. Nacionalidad por residencia: https://www.mjusticia.gob.es/es/ciudadania/tramite?k=solicitud-nacionalidad-espanola-residencia Saludos y suerte!!
- Copia del pasaporte completo, no es necesario apostillar los pasaportes.
- Impreso EX-01 cumplimentado y firmado por el padre.
- Certificado de nacimiento de la menor.
En el siguiente enlace, puedes consultar toda la información relevante del permiso:
Consulta 04/07/2024
Aportada por: Dani F
Enunciado de respuesta: Buen dia, nuevamente recurro a ustedes y agradeciendo de antemano por su labor. Queremos realizar el trámite de menor nacido en España hijo de residente, EX 01, a traves de mercurio, pero nos ha ocurrido lo siguiente: 1. El padre de mi hija es quien cuenta con residencia, por lo que, él será quien se la extienda. Ayer intentamos realizar el trámite por mercurio, pero no nos fue posible con su certificado pues genera error en la firma, hemos descargado autofirma y sigue saliendo ese error, entonces no pudimos continuar. Dicho lo anterior, quiisera saber; 1. Como no pudimos hacerlo con el certificado digital del padre, podría yo como mamá intentar realizar el trámite? Tengo duda, pues como yo no fue quien realizo el pago de la tasa y no figura mi nombre en el justificante y tampoco le extenderé residencia, no se si haya inconveniente y despues archiven o toque volver a pagar la tasa. No queremos perder tiempo. Agradezco enormemente su respuesta, siempre es de gran ayuda!
2. En el momento de subir los archivos, obligatoramente exige el pago de la tasa 052 para poder continuar, por lo que, procedimos a realizar el pago. Dicha tasa, fue pagada a nombre de mi pareja (El padre) en representacion de mi hija.
3. Yo cuento con certificado digital. Nos encontramos en Alicante.
2. En caso de ser afirmativo, que yo pueda realizar el tramite, debo adjuntar alguna documentacion adicional?
3. Mercurio lo puedo utilizar con el movil o tiene que ser solamente con ordenador?
Respuesta 04/07/2024
Aportada por: Belén Bustamante Blanco
Su tarjeta de presentación: Soy abogada en el programa de acogida de Protección Internacional de CR Sevilla.
Enunciado de respuesta: Hola Dani, En cuanto al trámite a través de Mercurio, tenéis que hacerlo en nombre del padre que es la persona que extenderá su autorización. En cuanto a la tasa, el formulario online está hecho para que se adjunte algún documento obligatoriamente, pero podéis adjuntar cualquier otro documento para que la página os deje continuar con el trámite. Como os decía, no se devenga hasta que os admitan el trámite, pero si ya habéis pagado la tasa, adjuntad el pago y listo. Si seguís adelante haciendo el trámite con tu identificación dudo mucho que os lo admitan. No obstante, si lo intentáis así, el pago de la tasa podéis volver a utilizarlo en una posterior solicitud en nombre del padre. No tengo constancia de si la aplicación de Mercurio funciona bien o mal desde el móvil. Te recomendaría utilizar el ordenador para evitar problemas. Saludos.
Si estáis teniendo problemas con la aplicación de autofirma o el certificado digital solicita ayuda en el FNMT que tiene sede electrónica y puedes hacer consultas.