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Consulta     19/06/2025

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Formulada por: Gabicita

Asilo y residencia

Descripción: Yo tengo residencia porque tuve un niño nacido en España. Ahora quise sacarle la residencia de mis hijas y no puedo ya que anteriormente yo lis hijas habíamos solicitado el asilo y me han denegado la residencia de mis hijas. Cómo puedo hacer ya que con la nueva ley me dicen que no puedo renunciar al asilo y hasta el día hoy mis hijas están sin ningún documentos ni tarjeta roja tienen. Les agradecería que me ayudarán que me he gastado mucho dinero con abogados que me han mentido y ya casi no tengo dinero para seguir pagando abogados gracias.

Nacionalidad: Perú

País de residencia: España

Provincia: Madrid

Consulta 24/06/2025

Aportada por: Gabicita

Enunciado de respuesta:

Hola una de mis hijas tiene 16 y la otra 9 años a las 2 le negaron el asilo pero yo hize el recurso y desde ahí no nos han respondido nada. Mi hija la menor fue con su padre en otra fecha y mi hija la mayor fue conmigo. Pero tiene ediferentes números de expedientes. El recurso lo hicimos conjuntamente mis hijas y yo. Pero como le digo con diferentes expedientes. Lo que yo quiero saber es si puedo hacer el desetimiento del recurso de mis hijas y mi marido y mio. Porfavor nesecitaria su ayuda. Si nesecita algún otro dato no dude en escribirme.


Respuesta 24/06/2025

Aportada por: Belén Bustamante Blanco

Su tarjeta de presentación: Soy abogada en el programa de acogida de Protección Internacional de CR Sevilla.

Enunciado de respuesta:

Buenos días,



Necesitaría más información para poder ayudarte.

¿Qué edad tienen tus hijas? 

¿Tus hijas son solicitantes de asilo conjuntamente contigo o con algún otro familiar? ¿Ese expediente de asilo sigue su curso o ha sido resuelto?





Saludos,

 


Respuesta 25/06/2025

Aportada por: Belén Bustamante Blanco

Su tarjeta de presentación: Soy abogada en el programa de acogida de Protección Internacional de CR Sevilla.

Enunciado de respuesta:

Puede renunciar al recurso usted misma. Han habilitado dentro de la sede electrónica del Ministerio del Interior un formulario en el que puedes hacerlo directamente de forma sencilla. Te dejo el enlace:



https://sede.interior.gob.es/portal/sede/tramites/aviso-tramite?idFormulario=147&idTramite=87



 



 


Respuesta 25/06/2025

Aportada por: Belén Bustamante Blanco

Su tarjeta de presentación: Soy abogada en el programa de acogida de Protección Internacional de CR Sevilla.

Enunciado de respuesta:

Puede renunciar al recurso usted misma. Han habilitado dentro de la sede electrónica del Ministerio del Interior un formulario en el que puedes hacerlo directamente de forma sencilla. Te dejo el enlace:



https://sede.interior.gob.es/portal/sede/tramites/aviso-tramite?idFormulario=147&idTramite=87


Consulta 25/06/2025

Aportada por: Gabicita

Enunciado de respuesta:

Hola, yo ya hize el desistimiento pero no se realizar el de mis hijas. A mi ya me mandaron la resolución pero una abogada me dice que igual ya no me sirve el desistimiento porque con la nueva ley ya no se puede. Y no puedo hacer el desistimiento de mis hijas porque no se como hacerlo me pide unas cosas que no lo se hacer. Usted me puede ayudar porfavor. 


Consulta 30/06/2025

Aportada por: Gabicita

Enunciado de respuesta:

Hola ya realice el desistimiento de mis hijas . Ahora ustedes me puede ayudar ha sacar l reagrupacion de mis hijas. Es que ya me he gastado mucho dinero con la abogada que me lo tramitó primero. Y ya no cuento con más para hacerlo. 


Consulta 30/06/2025

Aportada por: Gabicita

Enunciado de respuesta:

Ya hize el desistimiento de mis hijas. Ahora la pregunta seria ustedes me puede ayudar a tramitar la reagrupacion de mis hijas es que ya no cuento con recursos economico para hacerlo 


Respuesta 30/06/2025

Aportada por: Belén Bustamante Blanco

Su tarjeta de presentación: Soy abogada en el programa de acogida de Protección Internacional de CR Sevilla.

Enunciado de respuesta:

Buenos días,



Desde este espacio podemos asesorarte, pero no actuar en tu nombre.



Otra opción que tienes es presentar el escrito de desistimiento mediante solicitud dirigida a la Dirección General de Protección Internacional – Oficina de Asilo y Refugio, que puede presentar en cualquier registro de los recogidos por la LPAC que son:



a) En el registro electrónico de la Administración (RedSara), eligiendo como órgano destinatario la Dirección General de PI.



b) En las oficinas de Correos.



c) En las oficinas de asistencia en materia de registros.





Saludos,


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