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Consulta     19/06/2025

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Formulada por: Max240693

Denegación de asilo

Descripción: Buenas tardes
El día de ayer 18/06 del presente año, me fue denegado el asilo. Tengo un mes para presentar el recurso y necesito saber que tengo que hacer, donde ir. No quiero renunciar a nada. Quiero seguir trabajando y estudiando aquí, quiero mantener los beneficios como solicitante de asilo.
Gracias.

Nacionalidad: Perú

País de residencia: España

Provincia: Madrid

Respuesta 23/06/2025

Aportada por: Carolina Esteban Sánchez

Su tarjeta de presentación: Abogada. Servicio Orientación Jurídica Programa Refugiados Cruz Roja

Enunciado de respuesta:

Siento comunicarle que no es tan sencillo como usted lo plantea en su consulta. Le explico, cuando el Ministerio del Interior de quien depende la Oficina de Asilo y Refugio deniega a una persona su solicitud de asilo, la persona desde la notificación de la resolución desfavorable, deja de ser solicitante,dado que su expediente ya ha sido resuelto, y  pasa a situación administrativa irregular dejando de tener permiso para estar en territorio español (permanencia autorizada en tanto recibe una respuesta a su solicitud) y pierde la autorización de trabajar que se le concedió cumplidos 6 meses desde el día en que hizo formalmente su solicitud.



Si usted decide interponer recurso, puede hacerlo pero tenga en cuenta que si realmente en su solicitud no se cumplían los requisitos o condiciones que la Convención de Ginebra de 1951 y Ley de Asilo española, Ley 12/2009 de 30 de intubaré reguladora del asilo y de la protección subsidiaria, su recurso podrá ser inadmitido a trámite, con lo que no cumpliría el propósito que persigue o denegado, consiguiendo su objetivo pero solo por un tiempo.



Ademas, debe saber que tras la entrada en vigor del nuevo Reglamento de Extranjería aprobado por Real Decreto 1155/2024 de 19 de noviembre, todo el tiempo en que la persona extranjera se mantenga  en España como solicitante de asilo no computa para cumplir el tiempo exigido de permanencia en territorio nacional para poder solicitar arraigo por lo que, con la interposición del recurso podríamos estar dilatando el tiempo.



Le recomiendo que acuda a Entidad u ONG que, próxima a su domicilio, trabaje con población extranjera y cuente con servicio de información y asesoramiento en materia de extranjería y asilo. Exponga su caso, déjeles ver la resolución de la Oficina de Asilo a su solicitud de protección internacional y le dirán qué opción es la mas adecuada para usted.


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