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Consulta     27/04/2025

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Formulada por: Rossy15

Asilo o arraigo nueva ley extranjería

Descripción: Buenas noches ,
Solicité asilo. Tengo la segunda tarjeta roja que vence el 20/1 /2026 y ayer me llegó respuesta denegatoria y tengo varias dudas sobre ello.
Puedo seguir trabajando hasta la fecha de vencimiento de la tarjeta ? O si pongo recurso y espero la respuesta de este o aún estoy a tiempo para solicitar arraigo por formación ?
O que otra opción me recomienda.
De antemano gracias por su respuesta .

Nacionalidad: Perú

País de residencia: España

Provincia: Madrid

Respuesta 09/05/2025

Aportada por: Rafael López Oliver

Su tarjeta de presentación: Abogado de Cruz Roja española en Málaga.

Enunciado de respuesta:

Buenas, es un tema complejo por lo que le recomiendo acuda a un abogado de Cruz Roja y otra entidad para aclarar dudas, así:



 



La tarjeta roja al haber finalizado la solicitud de asilo no sería acreditativa de un permiso de trabajo ya que no tenemos permiso al haber finalizado el procedimiento.



Si lleva dos años en España puede solicitar arraigo para la formación antes del 20 de mayo.



Si desiste de su derecho al recurso, puede solicitar en 6 meses desde la fecha del desistimiento una solicitud de residencia por circunstancias excepcionales. Para este desistimiento acuda a un abogado de Cruz Roja o a la Comisaría de su lugar de residencia encargada de los trámites de asilo.



Si pone el recurso mantendrá el permiso para trabajar, pero para poder solicitar una residencia en España tendrá que llevar dos años una vez le contesten al recurso o se desista del mismo.


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