Subscríbete a nuestro boletín semanal

actualidad

Asesoría on line

Ver consultas

Consulta     08/03/2025

Foto

Formulada por: Dani F

Nuevos arraigo

Descripción: Buen día.

Fui solicitante de PI.No obtuve nunca una resolución favorable o denegatoria de la solicitud como tal, el 25 de noviembre realice el desistimiento/renuncia y el 2 de febrero me dieron respuesta diciendo que aceptaban mi renuncia al asilo y archivaban. Ahora bien, no me queda claro que debo hacer para poder regularizarme. Si debo esperar 6 meses irregular a partir de abril para poder acogerme al nuevo reglamento o sino voy a poder y debo esperar dos años. Podrían por favor orientarme con eso?

Porque si entrada la nueva ley puedo acogerme preveo solicitar un arraigo social, que no me exige un contrato de trabajo. Tengo a Mi pareja (no casados ni pareja registrada) y ni hija nacida en España con residencia legal.

En abril tengo cita con la trabajadora social , la cual pediré un informe de integracion social para tenerlo ya que aquí demoran mucho en dar respuesta a las solicitudes.

En caso que no pudiera acogerme a esa nuevo reglamento de extranjería. Mi hija en agosto cumple 1 año de residencia legal , la cual pediremos la nacionalidad por residencia, pero yo podría solicitar arraigo familiar o que figura jurídica sería la correcta con esta modificación?

Consulto nuevamente con Uds porque fui a Pangea y la abogada solo me dijo que haber renunciado al asilo fue lo peor que pude hacer, entonces quedé como en el limbo nuevamente.

Agradezco mucho su labor!

Nacionalidad: Colombia

País de residencia: España

Provincia: Alicante

Respuesta 19/03/2025

Foto

Aportada por: Enrique Corredera Benítez

Su tarjeta de presentación: Abogado Cruz Roja Málaga

Enunciado de respuesta:

Buenos días



El problema radica en que la interpretación del archivo no se considera una resolución desfavorable, así que en principio no podrá acogerse a la nueva normativa de extranjería con la disposición transitoria.



Esperaría a que su hija tuviera la nacionalidad española, y solicitar una residencia por familiar de nacional español.



Saludos,


volver

123.357 consultas resueltas - 29.204.010 páginas vistas desde julio 2005

Un espacio de Cruz Roja Española