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Consulta     19/02/2025

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Formulada por: John77

Renunciar al asilo

Descripción: buenos dias, me negaron el asilo, hace mas de un año, hice el recurso, quiero renunciar para acogerme al nuevo reglamento.
me gustaría saber que recomendación es mejor. gracias

Nacionalidad: Colombia

País de residencia: España

Provincia: Castellón

Respuesta 28/02/2025

Aportada por: Carolina Esteban Sánchez

Su tarjeta de presentación: Abogada. Servicio Orientación Jurídica Programa Refugiados Cruz Roja

Enunciado de respuesta:

Si el recurso que usted tiene interpuesto contra la denegación de asilo es un recurso de reposición ante la Oficina de Asilo y Refugio y han pasado más de 2 meses desde que le notificaron la resolución desfavorable denegandole el asilo, debería hacer un escrito de desistimiento del recurso en el que con indicación de su nombre, numero de expediente, NIE, dirección postal y con su firma, comunique a la Oficina de Asilo y Refugio, Dirección General de Protección Internacional del Ministerio del Interior, su deseo de desistir del recurso interpuesto por usted en fecha...Ese escrito debe presentarlo en Registro público habilitado o ventanilla unica para su presentación formal ante la Oficina de Asilo cuanto antes y antes del 20 de mayo.



Una vez presentado su escrito de desistimiento, debe conservar en su poder el comprobante de presentación que le entreguen porque la fecha de presentación por registro será la fecha en la que comience a contar su periodo de estancia en España en situación irregular. 



Pasados 6 meses desde esa fecha, según lo dispuestto en la Disposición Transitoria Quinta del nuevo Reglamento de Extranjeria, podrá presentar su solicitud entre el 20 de mayo de 2025 a 20 de mayo de 2026 para poder acogerse al régimen transitorio establecido.



En caso de que el recurso que ha interpuesto sea contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, deberá contactar con su abogado para, con su mediación, desistir del mismo. En este caso sond e aplicación los mismos plazos: presentación formal del desistimiento antes del 20 de mayo y posterior espera de 6 meses en situación irregular para presentar solicitud entre el 20 de mayo de este año al 20 de mayo del año que viene, 2026.


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