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Consulta     11/03/2020

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Formulada por: ElTurco

Denegación de la Tarjeta Familiar (Pareja de hecho)

Descripción: Hola!

Soy ciudadano Turco, llevo viviendo en España 2 años. Al principio estaba como estudiante pero mi tarjeta de estudiante se caduco en el Junio del 2019.

Hace un mes y medio solicité la tarjeta familiar por ser pareja de hecho de ciudadana española y me la acabaron de denegar. Creemos que es por recursos económicos insuficientes, pero no entendimos muy bien la resolución.

Mi pareja es estudiante, no tiene ingresos, y los dos residimos con sus padres que nos mantienen economicamente. Por eso cuando hicimos la solicitud por la tarjeta familiar hemos entregado la renta de sus padres como nuestros recursos económicos. (sin explicarlo con una carta o algo). Somos 5 personas empadronadas en el mismo domicilio.

Ahora quiero volver a solicitar la tarjeta, pero no sé por qué documentación se me denegó la tarjeta, y que documentación tendría que actualizar o añadir para que esta vez me la concedan.
Por ej. era porque el dinero que tienen sus padres es realmente insuficiente o me la denegaron por otra razón? Si es que tienen suficientes recursos, qué habría que hacer para mostrar que nos mantienen ellos, ¿pueden escribir una carta diciendo esto por ej.?
Por otro lado, si la denegación fue por insuficientes fondos, ¿qué otras posibilidades tenemos para mostrar recursos económicos suficientes? por ejemplo: ¿podríamos hacer una transferencía con la cantidad que requieren a la cuenta de mi pareja y entregar el extracto de esa cuenta bancaria?, o ¿me puede contratar el padre de mi pareja, que es agricultor autonomo -- o eso sería casí más complicado?, o no sé, la verdad. Estoy un poco perdido y agradecería cualquier ayuda.

He colgado la resolucion de la denegación a esta enlace: https://drive.google.com/file/d/1p6ICeVAQxzH5OuORyzLZihZN5UnT_k2M/view?usp=sharing

Muchas gracias de antemano por la ayuda.

Nacionalidad: Turquía

País de residencia: España

Provincia: Badajoz

Comentario: denegación: https://drive.google.com/file/d/1p6ICeVAQxzH5OuORyzLZihZN5UnT_k2M/view?usp=sharing

Respuesta 07/05/2020

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Aportada por: Judith Sobrino González

Su tarjeta de presentación: Abogada colaboradora de Fundación Migrar - Valladolid

Enunciado de respuesta:

BUenos días,


  Los medios económicos deben de ser aportados por el/la ciudadano/a español/a, no por un familiar o por la propia pareja o cónyuge. Es decir, que la disposición de efectivo en la cuenta o de un contrato de trabajo estable debe ser de tu pareja. SI la pareja de hecho está inscrita, el hecho de que no te concedan la tarjeta de residencia no sería por sí mismo una causa de inicio de procedimiento sancionador ( la estancia irregular no es por sí misma sancionable en el régimen comunitario, si no conlleva ddesorden público, o atenta contra la seguridad nacional o salud pública). En el momento en el que ella disponga de esos medios económicos, puedes volver a solicitar la tarjeta.


 Un saludo, atentamente,

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