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Consulta     14/02/2018

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Formulada por: Sirchez

Residir en España, siendo argentina casada con español, sin posibilidad a corto plazo de visado por reagrupación familiar

Descripción: Hola, me pongo en contacto con ustedes porque mi mujer que es argentina y yo que soy español, nos casamos hace 2 años en Argentina y queremos irnos a España a vivir. El problema surge a raiz de que en el 2016 cuando nos casamos lo hice con visado de turista y en la partida de matrimonio consta que NO POSEO en el campo de Nº de documento y la consul en en el consulado español en Buenos Aires no nos quiso tomar la partida hasta que fuese rectificada con mi número de documento, cosa que después de consultar hoy en el registro civil en el que nos casamos, nos llevaría alrededor de 6 meses.

No nos esperabamos este imprevisto y las citas en el consulado llevan mucho tiempo en concreto unos 2 meses así que el pasaje de avión ya lo sacamos para el 14 de Marzo hace 3 meses y en principio queremos irnos para España de todas formas, así que nos gustaría saber que podríamos hacer.

Ella quiere ir a trabajar o estudiar en su defecto, aunque preferentemente trabajar. ¿Qué deberíamos de hacer? ¿Cuales son nuestras alternativas para poder irnos el 14 de Marzo y que no vaya a quedar irregularizada al expirar su visado? ¿En caso de que quedase irregular sería muy problemático tramitar su regularizacion en el futuro?

Muchas gracias de antemano

Nacionalidad: España

País de residencia: España

Provincia: Málaga

Respuesta 07/03/2018

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Aportada por: Javier Sánchez Ribas

Su tarjeta de presentación: Abogado Fundación Migrar

Enunciado de respuesta:

 Estimado amigo


Mientras soluciona su problema para inscribir el matrimonio en el Registro Civil español (o en el Consulado), su pareja no debería tener problema para obtener autorización de residencia en España en régimen comunitario acreditando estar casada con español. Este trámite lo podría iniciar nada más llegar a España o más adelante, sin necesidad de visado.


No obstante, sería necesario, además que usted estuviera trabajando en España o que puediera acreditar disponer de medios de vida propios.


Puede encontrar más información sobre este procedimiento pinchando aquí.


Suerte y un saludo.

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