Subscríbete a nuestro boletín semanal
Consulta 21/11/2015
Formulada por: Joao Henrique
Descripción: Hola, buenas tardes.
Soy brasileño, tengo 36 años de edad y soy casado informalmente.
Mi esposa tiene 44 años de edad y también es brasileña.
Vivimos en España de Enero de 2006 a abril 2012, en lo cual tuvimos a un hijo en septiembre de 2010, que nasció en el HOSPITAL SEVERO OCHOA en LEGANES, MADRID.
Registramos nuestro hijo en el consulado Brasileño antes de volver a nuestro país pues el mismo necesitaba de un pasaporte.
El tiempo que quedamos en España, vivimos ilegalmente, pero ahora nos gustaría volver y vivir en este país legalmente.
Me gustaría saber si mi hijo tiene derecho a la nacionalidad española y si por el nosotros (padres) podemos pedir la reagrupación familiar.
Muchas gracias por la atención.
Nacionalidad: Brasil
País de residencia: España
Provincia: Murcia
Respuesta 17/12/2015
Aportada por: Javier Sánchez Ribas
Su tarjeta de presentación: Abogado Fundación Migrar
Enunciado de respuesta: Estimado amigo, Me temo que en su caso, su hijo no podrá obtener la nacionalidad española, por haber sido inscrito en el Consulado brasileño. La nacionalidad española se concede a los nacidos en España cuando no tienen otra nacionalidad. Si ustedes no hubieran inscrito a su hijo en su Consulado, su hijo no habría obtenido la nacionalidad brasileña, por lo que podría haber solicitado la nacionalidad española. Pero al inscribirlo y obtener su pasaporte brasileño, perdió esa posibilidad. Por tanto, no les será posible obtener residencia en España por esa vía, y deberán ver otras posibilidades. Suerte y un saludo.