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Consulta     27/07/2023

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Formulada por: LHSC

Residencia por arraigo familiar mientras se solicita asilo

Descripción: Cordiales saludos.
Es posible que como solicitante de asilo pueda aplicar al arraigo familiar como prestador de apoyo de un ciudadano español con discapacidad? Tendría que renunciar al proceso de asilo o podría incluir en el expediente la desestimación condicionada a la respuesta favorable del arraigo?

Tendría algún problema en el proceso de asilo si llegase a ser desfavorable la respuesta del arraigo?

Que pasaría en caso de que el ciudadano español falleciera en el proceso?

Cuánto tiempo tardaría la administración en responder a la solicitud de arraigo??

Gracias

Nacionalidad: Venezuela

País de residencia: España

Provincia: Tenerife

Respuesta 29/07/2023

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Aportada por: Luis Manuel Cavero Sánchez

Su tarjeta de presentación: Por la defensa de los derechos humanos y libertades fundamentales.

Enunciado de respuesta:

Bueno días LHSC,



La solicitud de protección internacional es compatible con la solicitud de arraigo familiar siempre y cuando cumplas con los requisitos exigidos para solicitar el arraigo familiar.



La solicitud del arraigo no supone en ningún caso la renuncia al procedimiento de protección internacional. Entre los efectos de la denegación de la solicitud de arraigo no se encuentra la denegación de la solicitud de protección internacional.  



Si falleciera la persona con discapacidad, dejarías de cumplir el requisito exigido: “Tener a cargo a la persona española con discapacidad, o que requiera medidas de apoyo para el ejercicio de su capacidad jurídica, y convivir con ella.”, que te habilita para solicitar el arraigo familiar.



La Administración dispone de 3 meses, a contar desde el día siguiente a la entrada en el registro de la solicitud para notificar la resolución o entenderse por desestimada transcurrido dicho plazo sin practicar la notificación.



 



Saludos cordiales


Respuesta 31/07/2023

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Aportada por: Lidia Cófreces López

Su tarjeta de presentación: Abogada en Cruz Roja en Málaga.

Enunciado de respuesta:

Buenos días, 



En primer lugar no es incompatible el arraigo familiar con el proceso de protección internacional. 



Efectivamente uno de los requisitos para solicitar el arraigo familiar es: 



- Ser una persona que presta apoyo a una persona española con discapacidad o que requiera medidas de apoyo para el ejercicio de su capacidad jurídica:



- Tener a cargo a la persona española con discapacidad, o que requiera medidas de apoyo para el ejercicio de su capacidad jurídica, y convivir con ella.



En este caso deberás aportar lo siguiente: 



- Documentación acreditativa de la discapacidad del ciudadano español, o de la necesidad de medidas de apoyo para el ejercicio de su capacidad jurídica, así como de encontrarse a su cargo y convivir con él.



- DNI del ciudadano español.



Una vez que solicites arraigo la administración tiene un plazo de tres meses para poder responder a tu solicitud. 



Si fallece en el procedimiento se pierde la condición por la que solicitaste la residencia. Habría que comunicarlo y con un contrato realizar una modificación o un nuevo procedimiento si cumples con requisitos. 



Te recomiendo que te dirijas a la sede de Cruz Roja más cercana para que puedan asesorarte personalmente.



Un saludo

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