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Consulta     29/05/2008

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Formulada por: Deyis

¿Cómo debo hacer para traer a mi hijo si el padre no me da el permiso para sacarlo de Colombia?

Descripción: Hola. Llevo en España un mes, tengo contrato de trabajo indefinido y visa de residente y quiero traer a mi hijo y a mi madre, en mi país, Colombia, soy madre soltera y mi madre tiene la custodia de mi hijo, el padre de mi hijo no quiere dar el permiso para que el niño salga del país. ¿Qué tiempo debo esperar y qué requisitos me exige España para que mi madre y mi hijo estén conmigo?

Muchas gracias.

Nacionalidad: Colombia

País de residencia: Colombia

Provincia: Málaga

Respuesta 02/06/2008

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Aportada por: Teresa Santiago Prowald

Su tarjeta de presentación: Abogada. Cruz Roja Española. Ciudad Real

Enunciado de respuesta: Hola

En primer lugar, para poder reagrupar hace falta tener la tarjeta ya renovada o en trámites de renovación. Es decir, tendrás que esperar aproximadamente un año para poder iniciar la reagrupación.

Además de ello, necesitarás acreditar con respecto a tu madre que depende económicamente de tí (envíos de dinero suficientes para mantenerla durante al menos un año) y la necesidad de que venga a vivir a España contigo, no debería haber problema. En general, y salvo excepciones, no se entiende que exista dependencia económica si la persona que se quiere reagrupar está todavía en edad laboral (hasta 65 años).

Con respecto a tu hijo, si el padre no consiente en que venga a vivir contigo, no te queda más remedio que solicitar que se te conceda la guarda y custodia de forma oficial (judicialmente) en tu país. Para ello tendrías que informarte de los requisitos y la tramitación que se exige según las leyes de tu país.

Tanto los envíos de dinero regulares a tu madre, como los trámites para la guarda y custodia legal de tu hijo, los puedes ir iniciando ya para que cuando solicites la renovación de tu permiso de residencia en España ya estén resueltas estas dos cuestiones.

Por otra parte, también te exigirán tener una vivienda disponible y medios económicos suficientes para mantener a las personas que vas a reagrupar.


En cuanto a los documentos a aportar en su momento son los suguientes:

- Solicitud (para cada uno)
- Copia del pasaporte de los reagrupados
- Original y copia de tu pasaporte
- Orignal y copia de tu tarjeta de residencia ya renovada o en trámite de renovación.
- Certificado de empadronamiento colectivo
- Informe municipal de vivienda o, si no lo obtienes en el plazo de 15 días, acta notarial mixta de presencia y manifestaciones, acreditativa de poseer vivienda suficiente.
- Contrato de trabajo y tres últimas nóminas y vida laboral.
- Certificado de nacimiento tuyo apostillado (para acreditar el parentesco con tu madre).
- Certificado de nacimientode tu hijo (para demostrar el parentesco contigo), en su caso, documento judicial por el que se te atribuye la guarda y custodia de tu hijo (todos apostillados)
- En el caso de tu madre, escrito justificando la dependencia económica y la necesidad de reagrupación, así como documentos que lo justifiquen (envíos de dinero y justificación de la necesidad).

Todos estos documentos los tendrás que presentar en la Oficina de Extranjeros de tu lugar de residencia.

Una vez que se aprueben los dos expedientes, tienes que enviarles las resoluciones para que con ella soliciten el visado en el consulado español, en el plazo de dos meses desde que tú lo hayas recibido.

Mucha suerte

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