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Consulta 29/08/2020
Formulada por: Flaxa
Descripción: Hola mi nombre Es Yulibeth Ledezma y tengo una inquietud. Soy solicitante de Protección Internacional. Tengo resguardo. Ya tengo los 6 meses correspondientes para trabajar pero no puedo solicitar el número de la seguridad social porque tengo el pasaporte vencido. Lo otro es saber si puedo casarme con un ciudadano español teniendo el pasaporte vencido.
Nacionalidad: Venezuela
País de residencia: España
Provincia: Madrid
Respuesta 11/09/2020
Aportada por: Patricio Sánchez Cortés
Su tarjeta de presentación: Abogado. Cruz Roja Española - Salamanca
Enunciado de respuesta: Hola Flaxa. Tú eres solicitante de Protección Internacional y no tienen por qué exigirte el pasaporte, entre otras cosas porque no tendrías por qué tenerlo. Tu documento identificativo como solicitante de Protección Internacional es el resguardo donde figura tu NIE. Con eso es suficiente y la propia empresa que quiera contratarte te puede dar de alta sin problema alguno pidiendo ellos mismos tu número de seguridad social porque vas a trabajar con ellos y si no lo pides tú y tu resguardo es suficiente. Lo mismo que te he dicho para poderte casar. Tu situación como solicitante de Protección Internacional y, por tanto, no puedes obtener ciertos documentos que tendría que expedirte tu país que precisamente se supone que es quien te persigue o que no te da suficiente protección. Suerte y un saludo.