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Consulta     02/01/2020

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Formulada por: Carlos 5

Residencia especial

Descripción: Hola mi señora realizó el arraigo familiar hoy por ser hija de español de origen y quisiera saber de que manera obtener residencia legal para mi y nuestros hijos ya que nos dijeron que había una residencia especial por ser cónyuge de hija de español de origen o que manera se les ocurre a ustedes, estamos casados en Argentina, empadronados en Alicante y los niños escolarizados entramos como turistas hace 30 días y ya realizamos el arraigo familiar como explico al principio pero esto solo ampara a mi señora, lo que queremos evitar es quedarnos irregular mis niños y yo desde ya muchas gracias
Atte. Carlos

Nacionalidad: Argentina

País de residencia: España

Provincia: Alicante

Respuesta 02/01/2020

Aportada por: Iñigo Portilla Abiega

Su tarjeta de presentación: Abogado especialista en Derecho de Extranjería

Enunciado de respuesta:

Gracias a ti Carlos.

Respuesta 02/01/2020

Aportada por: Iñigo Portilla Abiega

Su tarjeta de presentación: Abogado especialista en Derecho de Extranjería

Enunciado de respuesta:

Hola Carlos,


Esa figura a la que aludes no existe. El hecho de que tu cónyuge tenga residencia, fuera por la vía que fuese, no implica que tu la obtengas.


Los hijos menores de edad podrán acceder a la residencia cuando lleven 2 años en España y se presenten, además, unos determinados medios de vida.


En tu caso, deberás obtener un permiso de residencia por tus propios medios (3 años de permanencia en España y una oferta de trabajo).


Un saludo

Consulta 02/01/2020

Aportada por: Carlos 5

Enunciado de respuesta:

 https://youtu.be/DB0TgXjZvHI


Me gustaria saber por que este grupo de abogados de madrid dice lo contrario y algo similar a lo que pregunto yo solo curiosidad, son o busco entender y/o encontrar una via legal de resolver mi problema 


Muchas gracias

Respuesta 02/01/2020

Aportada por: Iñigo Portilla Abiega

Su tarjeta de presentación: Abogado especialista en Derecho de Extranjería

Enunciado de respuesta:

Hola de nuevo,


No sé qué argumentos te darán. En mi criterio, no existe duda al respecto sobre el asunto.


Un saludo

Consulta 02/01/2020

Aportada por: Carlos 5

Enunciado de respuesta:

 Muchas gracias igual, si consigo alguna via se la hare saber 


Gracias nuevamente

Respuesta 07/01/2020

Aportada por: Iñigo Portilla Abiega

Su tarjeta de presentación: Abogado especialista en Derecho de Extranjería

Enunciado de respuesta:

De nada.


Un saludo

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