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Consulta 17/12/2020
Formulada por: Elvira73
Descripción: Hola. Me gustaría saber si tras la recibir notificación de denegación de asilo, y presentar recurso de reposición con medida cautelar solicitando mantener la autorización para trabajar, es cierto, que transcurrido un mes sin recibir resolución se entiende estimada esta medida cautelar y se podría continuar trabajando. Hay abogados que me informan que sí y tengo dudas por la sanción que supondría en caso de no ser así.
Muchas gracias por su ayuda.
Nacionalidad: Venezuela
País de residencia: España
Provincia: Pontevedra
Respuesta 18/12/2020
Aportada por: Iñigo Portilla Abiega
Su tarjeta de presentación: Abogado especialista en Derecho de Extranjería
Enunciado de respuesta: Hola Elvira, Sé a lo que te refieres. Cuando se deniega la solicitud de asilo, se solicita la suspensión de la denegación y el otorgamiento de una medida cautelar que te permita, entre otras cosas, seguir trabajando. No te pueden sancionar por ello. Legalmente es impecable. Pero la realidad va por otro camino: no van a contestar a esa solicitud de suspensión y puedes tener problemas "prácticos" con el empleador. Yo comunicaría siempre la denegación al empleador. Y, pasado el tiempo, ante una posible solicitud posterior de un permiso de residencia y trabajo por arraigo social, no queda claro cómo actuará la corrsepondiente oficina de extranjeros. Se trata de un asunto confuso pero no te pueden sancionar por continuar trabajando. Un saludo
Consulta 21/12/2020
Aportada por: Elvira73
Enunciado de respuesta: Gracias por su pronta respuesta. Qué quiere decir con que pueda tener problemas prácticos con el empleador? Puedo informarle que mi autorización para trabajar continúa vigente y que no habrá sanción por ello? Asimismo, en caso de que no contesten mi recurso en un mes, ¿hasta cuando se entiende qué tengo concedida la autorización para trabajar? Tengo que presentar recurso judicial en un determinado plazo? Por otro lado, si te retiran la tarjeta roja, en la Seguridad Social me ponen pegas por ello para continuar trabajando? Gracias por su ayuda.
Respuesta 21/12/2020
Aportada por: Iñigo Portilla Abiega
Su tarjeta de presentación: Abogado especialista en Derecho de Extranjería
Enunciado de respuesta: Hola Elvira, Lo que quise decirte es que no te pueden sancionar pero es DUDOSO todo. Yo no aseguraría que tu autorización sigue vigente. Y tampoco se puede decir hasta cuándo porque nunca te van a contestar. Tu solicitud de asilo ha sido denegada y todas las administraciones creerán que no tienes permiso de residencia. A eso me refiero con los problemas prácticos. Un saludo