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Consulta 02/07/2018
Formulada por: Desi91
Descripción: Buenos días. Para resumir nuestra situación: Mi novia y yo, huimos de nuestro país hace 1 y medio aproximadamente, gracias a una oportunidad laboral que no funciono, hemos estado viviendo ilegalmente entre España y Francia, ya que se nos ha hecho muy difícil establecernos, en nuestra situación. Mi consulta reside en si podemos solicitar al asilo en Valencia, o que podemos hacer, hemos escuchado del arraigo social y laboral. Pero algunas personas nos dicen que sí, otras nos dicen que no, que nos pueden enviar de nuevo a nuestro país, que no tenemos los requisitos, mucho tiempo, poco tiempo, etc., tenemos miedo que nos deporten, regresar a nuestro país no es una opción, nuestros pasaportes están pronto por vencerse, quedando indocumentadas, ya que el gobierno venezolano no está realizando estos trámites.
En verdad necesitamos una asesoría honesta y sin otros fines, de verdad de que podemos hacer, puesto que hemos perdido dinero con asesoría legal privada, que al final nos han dado vuelta al asunto y nada.
Agradecemos sus respuestas.
Nacionalidad: Venezolana
País: España
Provincia: Valencia
Nacionalidad: Venezuela
País de residencia: España
Provincia: Valencia
Respuesta 03/07/2018
Aportada por: María Amparo Gil Requena
Su tarjeta de presentación: Abogada de la Sección de Extranjería del ICA Valencia.
Enunciado de respuesta: Buenos Dias: Siendo Venezolanos, podeis solicitar Protección internacional, para ello podeis dirigiros para solicitar información a las asesorias Juridicas de ACCEM o CRUZ ROJA, pidiendo cita, donde os informaran, o tambien podeis dirigiros al Ilustre Coledio de Abogados de Valencia y solicitar Abogado del Turno de Oficio para formalizar tal solicitud. Es cierto que deberíais haberlo hecho antes, pero el hecho de que la vuelta a vuestro país es complicado, estais en vuestro derecho. TAmbien os digo que las citas se estan dando a 9 meses vista, aqui en Valencia. Por otra parte, el arraigo Laboral es necesario dos años de residencia en España y tener un reconocimiento bien Una sentencia Judicial o un Acta de la Inspección de Trabajo que certifique que habeis estado más de un año trabajando, pues de lo contrarío la única via estando en España es la Autorización por Circunstancias excepcionales, por Arraigo social, habiendo obtenido un contrato de trabajo y 3 años de Residencia. Espero haberos orientado, la decisión según vuestras circunstancias es vuestra. Un saludo y suerte