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Consulta 06/02/2008
Formulada por: paola8173
Descripción: Me han denegado el asilo pero me dejan permanecer en España en base a razones humanitarias, ¿qué significa?
Nacionalidad: España
País de residencia: España
Provincia: Madrid
Respuesta 06/02/2008
Aportada por: Marta Sainz de Baranda
Su tarjeta de presentación: Abogada. Área Internacional de ACCEM
Enunciado de respuesta: Según el reglamento de asilo (Real Decreto 203/1995) el Ministro del Interior puede autorizar la permanencia en España del solicitante de asilo cuya solicitud ha sido inadmitida a trámite o denegada, siempre que se aprecien motivos serios y fundados para determinar que el retorno al país de origen supondría un riesgo real para la vida o la integridad física del interesado. En este caso en el plazo de un mes, contado desde la notificación de la resolución, el interesado deberá solicitar una autorización de residencia temporal.
Asimismo, por razones humanitarias distintas de las anteriores, el Ministro del Interior, puede autorizar la permanencia del interesado en España y, en su caso, recomendar la concesión de una autorización de residencia siempre y cuando la concurrencia de dichas razones humanitarias quede acreditada en el expediente de solicitud de asilo. Dicha autorización de permanencia revestirá la forma de autorización de estancia.