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Consulta 09/07/2016
Formulada por: Simoneto
Descripción: Me he separado de mi ex esposo español en 2002. Por varias razones no nos hemos divorciado todavía. Tengo una empresa de importación fuera de la Unión Europea, y me gustaría abrir una empresa en España para poder exportar algunos productos españoles. También quisiera tramitar mi divorcio. Pero para ello tendría que quedarme en España por algunos meses, y no sé si eso sería un problema. ¿Qué puedo hacer? ¿Puedo renovar mi tarjeta de residencia? O ¿cual sería la mejor opción?
Gracias a todos.
Nacionalidad: Brasil
País de residencia: España
Provincia: Girona
Respuesta 21/07/2016
Aportada por: Javier Sánchez Ribas
Su tarjeta de presentación: Abogado Fundación Migrar
Enunciado de respuesta: Estimada amiga, Si su esposo todavía reside en España y trabaja por cuenta propia o ajena, usted tendría todavia derecho a la residencia en régimen comunitario. Si tenía la residencia inicial y ha estado más de seis meses fuera de España no podría renovarla sino que tendría que solicitar otra residencia inicial Si ya tenía la residencia permanente, se considera que la habría perdido si permaneció más de dos años fuera de españa, en cuyo caso tendría que solicitar también la residencia inicial. Si se divorcia, dado el tiempo que ha estado fuera de España, es posible que no pudiera conservar la residencia en régimen comunitario, pero es algo que habría que ver en función de sus circunstancias. Dado lo complejo de su caso, creo que sería aconsejable que consultara presencialmente con un especialista. Cruz Roja en Girona dispone de asesoramiento especializado en inmigración, por lo que podría plantearles la consulta.
Respuesta 21/07/2016
Aportada por: Javier Sánchez Ribas
Su tarjeta de presentación: Abogado Fundación Migrar
Enunciado de respuesta: Estimada amiga, Su caso es complejo y creo que sería bueno que consultase con un especialista en la materia Cruz Roja en Girona dispone de aesoramiento en inmigración. No obstante, le adelanto que si su esposo se encuentra en España y trabaja o tiene medios de vida propios, usted podría conservar su residencia en régimen comunitario, aunque dependiendo del tipo de residencia que tuviera (inicial o permanente) y del tiempo que haya estado fuera de España, podría renovar su residencia o tendría que solicitar una residencia inicial. Una vez se divorcie, dependiendo del tiempo que haya estado en españa en los últimos años, podría conservar su residencia en España no tendría que modificarla a una autorización de residencia y trabajo en régimen general de extranjería. Suerte y un saludo.
Consulta 25/07/2016
Aportada por: Simoneto
Enunciado de respuesta: Muchisimas gracias Javier. Tento que ir a España en un par de semanas. Intentaré visitar una de loas oficinas de cruz roja. Muchas gracias