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Consulta     06/07/2018

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Formulada por: Vinchenzo

Ciudadano comunitario emigrar esposa embarazada

Descripción: Soy Venezolano residenciado en Ecuador y ciudadano Italiano Comunitario, mi esposa es Venezolana se encuentra embarazada y queremos irnos a vivir a España en Octubre y tener nuestro hijo allá. Mi matrimonio aún no está registrado en Italia, mi consulta es si podría irme con ella y tramitar todo desde España ya que no contamos con tiempo para registrar el matrimonio en el consulado italiano en Ecuador ademas de ser muy lentos los trámites aquí. Mi esposa no tendría problemas allá. ¿Qué debo hacer para que tenga permiso de residir mientras tramitamos la inscripción del matrimonio en el registro italiano?
Por otro lado ¿le brindarían asistencia sanitaria como embarazada? podríamos de igual manera cubrir gastos ya que contamos con suficiente capital para residir más de un año los dos.

Nacionalidad: Italia

País de residencia: Ecuador

Respuesta 09/07/2018

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Aportada por: Raúl Báez Quintana

Su tarjeta de presentación: Asesor legal. Cruz Roja Española - Oficina Central

Enunciado de respuesta:

 Estimado Vinchenzo


Como ciudadano italiano tiene derecho a residir en España debiendo usted registrarse en el registro especial de ciudadanos comunitarios de  la Policía Nacional si su intención es residir más de 3 meses (menos, no sería necesario el registro).


Su esposa, como cónyuge, tendría derecho a la tarjeta de familiar de ciudadano de la UE, siempre que la intención sea vivir en España por más de 3 meses, y siempre que viaje o se reúna con el ciudadano comunitario.   Efectivamente, se exigía el registro del matrimonio en España pero, como se otorga este derecho igualmente a parejas de hecho inscrita o, si no lo están, si acreditan relación estable duradera, se entiende que a los cónyuges de matrimonios no inscritos, igualmente les correspondería esta tarjeta de residencia.


Ahora bien, desde hace unos años se está exigiendo acreditar medios ecónómicos que pueden derivar de su condición de trabajador por cuenta ajena, por cuenta propia, o estar matriculado como estudiante y con recursos.  Manifiesta usted tener medios suficientes con lo que tendría que acreditarlos documentalmente para que le expidan a su mujer la tarjeta de residencia y a usted su registro.  En ese tiempo sería aconsejable buscar un empleo para darse de alta en la Seguridad Social y acreditar los medios por esta vía.


En cuanto a la asistencia sanitaria, la norma cubre a todos los casos de mujeres embarazadas incluyendo el postparto.  Además se ha anunciado de volver a un sistema universal de prestación sanitaria pública con lo que toda persona empadronada en España tendría acceso al sistema público. Esto último aún estaría pendiente.


 


Esperando haberle aclarado algo sus dudas, reciba un atento saludo

Consulta 09/07/2018

Aportada por: Vinchenzo

Enunciado de respuesta:

 Muchas Gracias por la atención,


 


Me queda una duda, yo cuento con el acta de matrimonio efectuado en Venezuela con apostilla de la Haya.


Con este documento es posible comenzar el tramite para solicitar su tarjeta como contuye de  comunitario?


 


Mienstras hacemos el tramite ella contaría con permiso de residencia y atención durante su embarazo?


 


Gracias de antemano


Saludos cordiales

Respuesta 10/07/2018

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Aportada por: Raúl Báez Quintana

Su tarjeta de presentación: Asesor legal. Cruz Roja Española - Oficina Central

Enunciado de respuesta:

 Buenos días, 


quisiéramos precisar nuestra respuesta anterior.   En rigor, si usted es nacional de un país comunitario que exige la inscripcion del matrimonio en un registro civil nacional, sí tendría que aportar dicha inscripción pues Italia es uno de esos paises que sí lo exigen.


No obstante, lo que le quisimos trasladar es que, al igual que se da cabida a las parejas de hecho no inscritas para otorgarles la tarjeta de familiar, los matrimonios no registrados en el país del ciudadano comunitario, podrían acceder a dicha tarjeta con el certificado de matrimonio apostillado (legalizado).  De cualquier forma le recomendamos iniciar cuanto antes los trámites de inscripción en Italia de su matrimonio para evitar contratiempos a la vez que inicia los trámites en España de su residencia con el certificado venezolano.


Por otra parte, la asistencia sanitaria es independiente de su condición jurídica administrativa pues los casos de embarazadas son contemplados expresamente en la Ley como uno de los supuestos de asistencia sanitaria (tanto en el embarazo, parto y postparto), junto a los casos de menores y urgencias.


Reciba un cordial saludo,

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