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Consulta     07/07/2018

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Formulada por: Cristina35510

Pasar unos meses en España al jubilarme

Descripción: Buen día, quería saber si tengo que realizar algún trámite, mi idea es jubilarme y pasar un tiempo con mi hija en España y otros en mi país.

Nacionalidad: Uruguay

País de residencia: Uruguay

Respuesta 09/07/2018

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Aportada por: Raúl Báez Quintana

Su tarjeta de presentación: Asesor legal. Cruz Roja Española - Oficina Central

Enunciado de respuesta:

 Estimada Cristina35510


Como ciuadana uruguaya no precisa de visado para entrar en España y permanecer un período inferior a 3 meses.  Si su estadía en España va a superar los 3 meses, si tendría que tramitar un permiso de residencia no lucrativa para lo cual previamente ha de obtener un visado de residencia ante el consulado español que le corresponda.


Para este trámite, se le pide que acredite que dispone de suficientes medios económicos para residir en España sin necesidad de realizar una actividad económica.  El baremo está en acredita el 400% del IPREM (que es el índice en el que se basa la Administracion: para 2018 el IPREM está situado en 17.93 euros por día, es decir, 537,84 al mes.  Así, el 400% de esta última cantidad sería: 2.151,36 euros mensuales lo que debería acreditar (puede unir a su pensión, los ingresos de su hija, u otros conceptos económicos que tenga usted: rentas por alquiler, u otras).  


En cuanto a los requisitos a cumplimentar: 









REQUISITOS



  • No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.

  • No encontrarse irregularmente en territorio español.

  • Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español.

  • No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.

  • Tener medios económicos necesarios para sufragar los gastos de estancia y regreso y, en su caso, los de sus familiares, de acuerdo con las siguientes cuantías:

    • Para su sostenimiento mensualmente el 400 % del IPREM, .

    • Para el sostenimiento de cada uno de sus familiares, el 100% del IPREM .



  • Contar con un seguro público o privado de enfermedad concertado con una Entidad aseguradora autorizada para operar en España.

  • No padecer ninguna de las enfermedades que pueden tener repercusiones de salud pública graves de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Sanitario Internacional de 2005.

  • No encontrarse, en su caso, dentro del plazo de compromiso de no retorno a España que el extranjero haya asumido al acogerse a un programa de retorno voluntario.



En este enlace podrá acceder a los requisitos, documentos a presentar y procedimiento a seguir.  Recuerda, si viniese por menos de 3 meses no necesita visado ni tarjeta de residencia, si su intención es pasar más de 3 meses sí que debe obtener visado de residencia y autorización de residencia no lucartiva.


Espeando haberle aclarado, reciba un atento saludo


 

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