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Consulta     03/06/2017

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Formulada por: Galinca

Número de expediente para la nacionalidad española.

Descripción: Buenas tardes:
Hace un año y tres meses solicité la nacionalidad por residencia. El plazo según la nueva normativa es de un año, pero todavía ni siquiera me asignaron un número de mi expediente. ¿Es esto lícito? ¿Se puede considerar este silencio como administrativo? ¿Si hay plazos se supone que las solicitudes del nuevo reglamento tienen preferencia frente a los anteriores de la reforma, ya que son ahora de pago? ¿Qué tendría que hacer yo en este caso?
Agradezco por anticipado su atención.
Cordialmente,
Gala

Nacionalidad: Rusia

País de residencia: España

Provincia: Barcelona

Respuesta 06/06/2017

Aportada por: Rocío Barco Durán

Su tarjeta de presentación: Abogada. Cruz Roja Española - Ciudad Real

Enunciado de respuesta:

 Buenas tardes Galinca,


Efectivamente el caso que nos planteas está sucediendo de manera asidua a todos aquéllos que estáis solicitando la residencia por nacionalidad, ya que el embotellamiento ante el cual se halla la Adminsitración de Justicia es impresionante. Lícito es, ya que el silencio adminsitrativo es considerado denegatoria y la Administración se reserva este derecho, el no responder. 


Los expedientes están siendo tramitados y estudiados por orden de solicitud, por lo que en su caso y ateniendonos a la media, pronto debería ser admitido a trámite y estudiado, si bien, nada para este procedimiento es una norma fija. 


Le recomiendo y dado que no puede hacer nada para que su solicitud sea estudiada de manera prelatoria, que presente una queja ante el defensor del pueblo.


Suerte y saludos,


Rocío.

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