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Consulta     17/08/2017

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Formulada por: valecita

incumplimiento de carta de invitación

Descripción: Entré a España con una carta de invitación, si me quedo más de tres meses, ¿pueden multar al invitante, que pasa si él no sabe dónde estoy y como puedo salir del empadronamiento

Nacionalidad: Colombia

País de residencia: Chile

Respuesta 21/08/2017

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Aportada por: Patricio Sánchez Cortés

Su tarjeta de presentación: Abogado. Cruz Roja Española - Salamanca

Enunciado de respuesta:

Hola valecita.


Lo que la legislación de extranjería establece es que se puede sancionar al invitante siempre y cuando el invitado continúe a su cargo, por lo que si el invitante desconoce dónde estás y tampoco sigues empadronado en su domicilio, difícilmente van a poder imponerle la sanción aunque sí le pueden iniciar el expediente sancionador y acabar imponiéndosela y después recurrir al Juzgado.


Respecto al empadronamiento, sólo tienes que empadronarte en el nuevo domicilio donde estés viviendo y acudir al ayuntamiento y empadronarte en el domicilio donde estés. Ese nuevo domicilio es el que constará en el padrón porque te darán de baja del anterior.


Suerte y un saludo.

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