Subscríbete a nuestro boletín semanal

actualidad

Asesoría on line

Ver consultas

Consulta     30/08/2017

Foto

Formulada por: alezer

Tarjeta de residencia temporal de familiar de ciudadano de la UE

Descripción: Buen día. Soy italiano y mi esposa argentina, casados en Argentina. Recibí una oferta laboral en Barcelona, por lo que nos encontramos viviendo aquí desde hace 9 meses. Al llegar presentamos toda la documentación en extranjería a fin de obtener la residencia de mi esposa. Le asignaron un NIE, pero nos informaron que debíamos presentar el certificado de matrimonio expedido por el comune de Torino, ya que el certificado argentino no era suficiente. Cuando logramos obtener el certificado expedido por Italia, el expediente se encontraba archivado, ya que habían transcurrido 45 días. Al presentar el certificado en extranjería el estado del expediente cambió de "Archivado" a "En via de recurso". El problema es que el expediente se encuentra en este estado desde hace más de 4 meses. En extranjería nos informaron que ella no se encuentra en situación ilegal ya que está a la espera de una resolución. No sabemos si es posible cancelar ese expediente y comenzar uno nuevo con toda la documentación en regla, ya que ahora tenemos todo lo necesario. Además no sabemos si nos es posible salir de la UE, ya que queremos viajar en navidad para Argentina, pero no sabemos si al querer regresar a España a ella le denegarán el ingreso. Cualquier información que nos puedan aportar nos será de muchísima utilidad.

Muchas gracias.

Nacionalidad: Italia

País de residencia: España

Provincia: Barcelona

Respuesta 06/09/2017

Foto

Aportada por: Javier Sánchez Ribas

Su tarjeta de presentación: Abogado Fundación Migrar

Enunciado de respuesta:

  Estimado amigo,


Como cónyuge de ciudadano comunitario, su esposa no tendrá problema en volver a entrar en España, aunque conviene que viaje con la documentación que acredita tal condición (básicamente el certificado de matrimonio reciente y el DNI de usted).


En cuanto a la residencia en España, no creo que sea aconsejable iniciar otra solicitud, pues seguramente tardaría más tiempo.


No obstante, es cierto lo que le han dicho respecto a que su esposa no se encuentra irregularmente en España. Aunque no tenga todavía la resolución, su esposa tiene derecho a la residencia en España e incluso a trabajar mientras se resuelava su solicitud.


Suerte y un saludo.

Consulta 06/09/2017

Foto

Aportada por: alezer

Enunciado de respuesta:

Muchísimas gracias por su respuesta. Me ha dejado mucho más tranquilo respecto a nuestra situación.


Quería comentarle que desde ayer, nuestro expediente ha pasado a estado ARCHIVADO nuevamente, pero no hemos recibido notificación en nuestro domicilio, por lo que no sabemos qué es lo que ha ocurrido esta vez. El único documento que restaba presentar era el certificado de matrimonio expedido por Italia, y el mismo ya fue presentado. Estoy intentado obtener una cita nuevamente en extranjería para que me informen qué es lo que ha ocurrido, pero esto no es tarea fácil.


Quería consultar si la forma de proceder ahora sería la de obtener una nueva cita en extranjería ya que sinceramente no se por qué lo han vuelto a archivar.


 


Muchas gracias nuevamente por su atención.

Respuesta 06/09/2017

Foto

Aportada por: Javier Sánchez Ribas

Su tarjeta de presentación: Abogado Fundación Migrar

Enunciado de respuesta:

 Estimado amigo,


Pues me resulta extraño que hayan vuelto a archivar el procedimiento. 


Tal vez en este caso sí habría que plantearse una nueva solicitud. 


Intente hablar con el responsable del expediente en extranjería para ver cual es el problema, para ver si pudiera retomarse el expediente inicial


Suerte y un saludo.

Consulta 06/09/2017

Foto

Aportada por: alezer

Enunciado de respuesta:

 Muchas gracias nuevamente por la pronta respuesta.


He conseguido turno en extranjería para el día 22, por lo que nos presentaremos nuevamente a fin de saber qué es lo que ha ocurrido con el expediente y llevaremos toda la documentación por si es necesario.


Cuando tenga una respuesta por parte de extranjería dejaré un comentario nuevamente aquí por si es de utilidad para futuros casos.


Saludos!


Alejandro

volver

122.456 consultas resueltas - 29.204.010 páginas vistas desde julio 2005

Un espacio de Cruz Roja Española