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Consulta 13/07/2023
Formulada por: Yesi22
Descripción: Si te llega resolución negativa y estás en un centro de acogida, te dan 15 días para abandonar el centro. Pero si metes un recurso de resposición, puedes continuar en el centro de acogida mientras te dan respuesta del recurso? O igual tienes que abandonarlo?
Nacionalidad: Honduras
País de residencia: España
Provincia: Madrid
Respuesta 24/07/2023
Aportada por: Gorka Esparza Barandiaran
Su tarjeta de presentación: Asesor Jurídico de Cruz Roja en Salamanca
Enunciado de respuesta: Buenos días Yesi22, lamentablemente debes abandonar el centro a no ser que, si no has agotado el tiempo máximo de estancia y previa solicitud al Ministerio, se apruebe tu continuidad (lo cual es poco probable en dicho lapso de tiempo) o tu regreso. La presentación de un recurso de reposición mantiene tu estatus de solicitante, y por ende puedes llegar a tener permiso de estancia y trabajo, dependiendo de en qué situación te encontraras cuando has formulado recurso. No obstante te recomendamos que te pongas en contacto de inmediato con tu referente del programa de acogida de refugiados.