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Consulta     15/06/2020

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Formulada por: Percy47465

ENTRADA A ESPAÑA DE NIÑOS

Descripción: Buenas tardes.
La hija de mi esposa (tiene nacionalidad española) y está casada con probabilidad de divorciarse y pedir la patria potestad de sus hijos de 5 y 6 años. Ella tiene ya la resolución favorable para trabajar y residir en España. Una vez que termine el estado de emergencia en Perú, hará el trámite en el consulado español en Lima para obtener el visado y poder viajar. Ella quiere venir con sus hijos porque el padre ya no vive con ellos y no hay quien se haga cargo de ellos en Perú y ella tiene que venir a España porque no puede perder ésta oportunidad que ha salido favorable.
¿De que manera podría viajar ella y los dos niños y entrar en España sin ningún problema?
Muchas gracias

Nacionalidad: Perú

País de residencia: España

Provincia: Barcelona

Respuesta 18/06/2020

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Aportada por: Enrique Corredera Benítez

Su tarjeta de presentación: Abogado Cruz Roja Málaga

Enunciado de respuesta:

 Buenas tardes,


 

Entendiendo que ella tiene la resolución favorable de concesión de la autorización de residencia, la misma es extensible a los pequeños. Para cualquier trámite que signifque el abandono de menores lo recomendable es un poder notarial que autorice a los mismos por parte de los dos progenitores a abandonar el país. 



Saludos,

Consulta 18/06/2020

Aportada por: Percy47465

Enunciado de respuesta:

 si claro.  tienen la concesión favorable para residir y trabajar en España. Lo que no entiendo que es lo que quiere decir con que dicha resolución es extensible a los niños? 


es decir ella puede viajar con los niños ?  si es asi, como entran los niños a España  y que tipo de visado hay tramitar en el consulado de España en Lima?


Gracias 

Respuesta 23/06/2020

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Aportada por: Enrique Corredera Benítez

Su tarjeta de presentación: Abogado Cruz Roja Málaga

Enunciado de respuesta:

 Buenas,


La vía para hacer extensible la residencia es a través de la reagupación familiar, una vez que haya trascurrido un año de residencia en España y renovada para otro año podrá solicitar reagrupar a los menores. (http://extranjeros.mitramiss.gob.es/es/informacioninteres/informacionprocedimientos/ciudadanosnocomunitarios/hoja012/index.html)


Otra vía sería conseguir un visado de turismo para los menores, y una vez en España esperar a trascurrir el plazo de 2 años para la autorización de residencia de menores no naciodos en España (http://extranjeros.mitramiss.gob.es/es/informacioninteres/informacionprocedimientos/Ciudadanosnocomunitarios/hoja059/index.html)


 


Saludos,

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