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Consulta 10/10/2006
Formulada por: Anabel6961
Descripción: Hola, quisiera saber: después que abren el expediente para contraer matrimonio ¿cuánto demora el juez en citar a los contrayentes para la entrevista?.
Muchas gracias.
Nacionalidad: Cuba
País de residencia: Dominica
Respuesta 24/10/2006
Aportada por: Abou Obaida Laarej
Su tarjeta de presentación: Mediador Intercultural Cruz Roja Almería
Enunciado de respuesta: Hola Anabel,
Te envio informacion del funcionamiento del registro civil:
Si la documentación aportada es correcta y no existe impedimento legal en
ninguno de los dos para el matrimonio (menor de edad, vínculo matrimonial
no disuelto, o parentesco cercano entre sí, etc. ¿), el/la Juez/a del Registro
Civil dictará resolución autorizando el matrimonio.
¿ Una vez autorizado el matrimonio por el Registro Civil, los contrayentes
pueden optar por la celebración del mismo, bien en el propio Registro (ante
el Juez del mismo), o en el Ayuntamiento, ante la Alcaldesa o Concejal/la
Delegado/a. Si la opción elegida es la del Registro, allí mismo fijarán el día y
la hora para su celebración.
¿ A continuación, quienes prefieran la opción de casarse por el Ayuntamiento,
deberán personarse en el mismo, aportando la CERTIFICACIÓN DEL AUTO QUE
AUTORIZA EL MATRIMONIO, junto con sus DNI originales y fotocopia, así
como de la fotocopia del DNI de los testigos que se personen el día de la
celebración del matrimonio, para realizar la correspondiente comparecencia
donde se fijará la fecha y hora elegida por los interesados, comprobada la
disponibilidad de las mismas, para la celebración del matrimonio civil.
un saludo
Abu