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Consulta     14/05/2016

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Formulada por: Nico1980

Union Civil personas del mismo sexo, entre italiano y uruguayo (ley aprobada recientemente en Italia)

Descripción: Hola ,
Ante los hechos recientes de que Italia aprobo la union civil entre ´personas del mismo sexo quiero consultarles lo siguiente, estaria viajando a fines de julio a España con mi pareja que es uruguayo , yo poseo la ciudadania italiana , yo ya vivi en españa hace unos años y ahora estoy en Uruguay y pienso volver ya que tengo una oferta laboral en Canarias , pero quiero irme con mi pareja que llevamos conviviendo 5 años en uruguay , es posible hacer la union civil o de hecho en españa asi mi pareja obtendria el permiso de residencia y trabajo? que necesita como documentos? partida de nacimiento? certificado de solteria? deberiamos demostrar que llevamos mas de un año conviviendo , que tipo de cosas sirven para demostrar? cuanto tiempo tardaria que el obtuviera la residencia ?
Muchas gracias

Nacionalidad: Italia

País de residencia: Uruguay

Respuesta 16/05/2016

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Aportada por: Patricia Bueso Izquierdo

Su tarjeta de presentación: Abogada Cruz Roja Española - Granada

Enunciado de respuesta:

 Buenos días, le informo de que Los extranjeros que deseen contraer matrimonio en España podrán celebrarlo con arreglo a la forma prescrita para los españoles o cumpliendo la establecida por la ley personal de cualquiera de ellos. La solicitud ha de realizarse por ambos solicitantes, que han de comparecer conjuntamente ante el Registro Civil correspondiente al domicilio de cualquiera de ellos. Es necesario que aporten la siguiente documentación:



· Certificación literal de nacimiento de ambos, expedida por el Registro Civil correspondiente al lugar de su nacimiento. 



· Certificación de empadronamiento o residencia acreditativa del domicilio de los dos últimos años.



· Una instancia firmada por los interesados. 



· Declaración jurada o afirmación solemne del estado civil de los solicitantes.



· Fotocopia del documento identificador: D.N.I., pasaporte o tarjeta de residencia. Además, si alguno de los contrayentes se encontrara en alguna de las siguientes situaciones deberá aportar también:



-Los extranjeros deben aportar también certificación de inscripción consular, con expresión del domicilio, tiempo de residencia en España y lugar de procedencia del mismo. Además, deberá acreditarse si la Ley personal de su País exige la publicación de edictos al contraer matrimonio civil en España. En algunos casos es necesario aportar certificado de capacidad matrimonial.

Respuesta 16/05/2016

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Aportada por: Patricia Bueso Izquierdo

Su tarjeta de presentación: Abogada Cruz Roja Española - Granada

Enunciado de respuesta:

 1. REQUISITOS PARA CONTRAER MATRIMONIO



Los extranjeros que deseen contraer matrimonio en España podrán celebrarlo con arreglo a la forma prescrita para los españoles o cumpliendo la establecida por la ley personal de cualquiera de ellos. La solicitud ha de realizarse por ambos solicitantes, que han de comparecer conjuntamente ante el Registro Civil correspondiente al domicilio de cualquiera de ellos. Es necesario que aporten la siguiente documentación:



· Certificación literal de nacimiento de ambos, expedida por el Registro Civil correspondiente al lugar de su nacimiento. 



· Certificación de empadronamiento o residencia acreditativa del domicilio de los dos últimos años.



· Una instancia firmada por los interesados. 



· Declaración jurada o afirmación solemne del estado civil de los solicitantes.



· Fotocopia del documento identificador: D.N.I., pasaporte o tarjeta de residencia.

-. Los extranjeros deben aportar también certificación de inscripción consular, con expresión del domicilio, tiempo de residencia en España y lugar de procedencia del mismo. Además, deberá acreditarse si la Ley personal de su País exige la publicación de edictos al contraer matrimonio civil en España. En algunos casos es necesario aportar certificado de capacidad matrimonial.

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