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Consulta     29/06/2015

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Formulada por: POPOLO

Reagrupación con residencia permanente

Descripción: Mi amigo tiene 13 años viviendo en España, su tarjeta se le caduca en el 2017, residencia permanente. En esos momentos no se encuentra trabajando pero su mujer está en Alemania ilegalmente. ¿Puede él reagruparla para que le puedan dar la residencia? Ellos tienes 25 años de casados, son ecuatorianos. ¿Me podrían orientar cómo se le puede ayudar a mi amiga? Gracias y que Dios os bendiga

Nacionalidad: España

País de residencia: Alemania

Respuesta 30/06/2015

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Aportada por: Judith Sobrino González

Su tarjeta de presentación: Abogada colaboradora de Fundación Migrar - Valladolid

Enunciado de respuesta:

BUenos días,


 Para que tu amigo pueda reagrupar a su esposa debe acreditar unos ingresos de 150%IPREM ( IPREM 2015= 532€), además de tener un informe favorable sobre la vivienda, y aportar el certificado de matrimonio, traducido ( si es necesario) y legalizado. Si tu amigo consigue la nacionalidad española, tras una residencia de larga duración tan extensa, será más sencillo que su esposa adquiera una autorización para residir en España.


 Un saludo, atentamente,


 Judith Sobrino González

Respuesta 30/06/2015

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Aportada por: Judith Sobrino González

Su tarjeta de presentación: Abogada colaboradora de Fundación Migrar - Valladolid

Enunciado de respuesta:

Buenas tardes,


 La estancia irregular en territorio español es causa de inadmisión ( y de denegación) de cualquier solicitud de autorización de residencia en el régimen general de extranjeros. Esto significa que si la esposa de su amigo se encuentra irregular en España, la solicitud de reagrupación con toda probabilidad no sea aprobada, aunque se tengan medios económicos y vivienda adecuada. Además la persona reagrupada necesita obligatoriamente solicitar ante el Consulado de España, o del país en donde tenga residencia legal, el correspondiente visado de residencia por reagrupación familiar, y para ello debe presentarse personalmente.


 En cuanto a la vivienda, basta con que en el ayuntamiento donde esté empadronado acuda con su contrado de arrendamiento o de propiedad y pida el informe para reagrupar a su esposa. La Administración lo que intenta evitar es que la persona que venga tenga un lugar adecuado,( basta con una habitación para una o dos personas por vivienda).


 Un saludo, atentamente,


Judith Sobrino

Consulta 30/06/2015

Aportada por: POPOLO

Enunciado de respuesta:

 PERO ME QUEDO UNA DUDA ELLA PUEDE VIAJAR A ESPAÑA Y DESPUES DE CUANTOS MESES LA PUEDE REAGRUPAR COMO CONYUGE SI EL ESTA TRABAJANDO CON LA CANTIDAD QUE USTED MENCIONA Y A MAS BO ME A QUEDADO CLARO EL TIENE QUE TENER VIVENDA QUE ALQUILE PARA HACER TODO ESTOS TRAMITES , PORQUE L ME CUENTA QUE SOLO ESTA EMPADRONADO DONDE UNOS FAMILIARES, PRO ANTES DE HACER ESTO DEBE SU MUJER ESTAR EMPADRONA A SABIENDA QUE NO TIENE PAPELES.

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