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Consulta 10/10/2020
Formulada por: Rosario2553
Descripción: Puedo ingresar con carta de invitacion y luego pedir asilo que problemas tendría la Persona que me hizo la carta
Nacionalidad: Perú
País de residencia: España
Provincia: Madrid
Respuesta 13/10/2020
Aportada por: Carolina Esteban Sánchez
Su tarjeta de presentación: Abogada. Servicio Orientación Jurídica Programa Refugiados Cruz Roja
Enunciado de respuesta: En respuesta a su consulta he de decirle que si, que puede tener consecuencias al entenderse producido "fraude de ley" y ello por no cumplirse la finalidad de las "cartas de Invitación" que es el permitir al extranjero pasar una temporada de duración determinada en España a cargo de persona allegada y pueda, así, ahorrarse otros gastos costosos que pudieran, por su elevado coste, imposibilitar su visita. Quien invita sabe, porque así se le informa, que en caso de que su invitado no regrese al país de origen puede tener como consecuencia el que se le pueda imputar el delito de favorecimiento de inmigración irregular. El Código Penal español tipifica como delito, en su artúcilo 318 bis: "el que directa o indirectamente, promueva, favorezca o facilite el tráfico ilegal o la inmigración clandestina de personas desde, en transito o con destino a España,s erá castigado con la pena de 4 a 8 años de prisión". Aunque se han dado pocos casos, la verdad es que el Incumplir el compromiso de retorno de la persona invitada por parte del quien invita constituye una infracción grave de la ley de extranjería (Ley 4/2000 de 11 d enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social) que es sancionada con multa de hasta 10 mil euros. Este tipo de sanción administrativa si que es frecuente. Es un riesgo que espero reconsidere.