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Consulta 06/02/2008
Formulada por: paola8173
Descripción: ¿Quién es considerado refugiado?
Nacionalidad: España
País de residencia: España
Provincia: Madrid
Respuesta 06/02/2008
Aportada por: Marta Sainz de Baranda
Su tarjeta de presentación: Abogada. Área Internacional de ACCEM
Enunciado de respuesta: La definición de refugiado viene establecida por la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951. En ella se dice que es refugiada aquella persona que debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas, se encuentre fuera del país de su nacionalidad y no pueda o, a causa de dichos temores, no quiera acogerse a la protección de tal país; o que, careciendo de nacionalidad y hallándose, a consecuencia de tales acontecimientos, fuera del país donde antes tuviera su residencia habitual, no pueda o, a causa de dichos temores, no quiera regresar a él.
Para que resulte más fácil de entender, los elementos clave para poder ser considerado como refugiado son:
- Encontrarse fuera del país de su nacionalidad, o careciendo de ella, del país donde tuviera su residencia habitual.
- Tener un temor fundado de persecución
- Que los motivos de persecución sean debidos a una (por lo menos) de las siguientes razones: raza, religión, nacionalidad, políticas o por la pertenencia a un determinado grupo social.
- Que a causa del temor no pueda o no quiera acogerse a la protección de su país.
A la hora de examinar una solicitud de asilo se tiene en cuenta si la persona podía haber permanecido en una zona de su país considerada segura, y donde no existiese ese temor fundado de persecución.