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Consulta     20/11/2015

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Formulada por: katyna

No perder la tarjeta de estudiante por trabajo temporal.

Descripción: Hola buenos días ,
Tengo una hija de 22 años que tiene su tarjeta de no trabajar solo estudiar , ¿puede ella ponerse a trabajar y cambiar esa tarjeta de forma temporal luego pueda volver a ser carga mía en caso de que encuentre un trabajo temporal? ¿o tendría que esperar a su renovación?
¿Que tendría que hacer?
Porfavor si me pueden decir les agradecería mucho

Nacionalidad: Chile

País de residencia: España

Provincia: Toledo

Respuesta 23/11/2015

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Aportada por: Fran Morenilla Belizón

Su tarjeta de presentación: Abogado Cruz Roja Española - Almería

Enunciado de respuesta:

Buenas.


Es posible trabajar teniendo una tarjeta de estancia por estudios, así lo establece el artículo 42 del R.D. 557/2011. Ahora bien, esta posibilidad tiene sus limitaciones. Con tarjeta de estudiante no podrá realizar ninguna acitvidad laboral a tiempo completo salvo que sea en periodo vacacional. Durante el curso, únicamente podrá trabajar a tiempo parcial. En definitiva, los recurso que se obtenga no pueden tener la consideración de recursos necesarios para su sustento. Y en todo caso el solicitante será la empleadora que tend´ra que cumlir una serie de requisitos económicos. Esto en cuanto al trabajo con autorización de estancia por estudios.


En cuanto a la modificación de la autorización, es decir, pasar de estancia por estudios a residencia y trabajo inicial (artículo 199 R.D. 557/2011), es preciso tener en cuenta lo siguiente:


- El solicitante será el empleador y tendrá que acreditar la disponibilidad de medios económicos suficientes y la garnatía de la actividad continuada. Todo ello aportando una serie de documentación (IRPF, IVA, Sociedades, vida laboral, etc.).


- Es preciso acreditar haber permanecido en España con autorización de estancia durante al menos tres años.


- También se exige haber superado los estudios por los que se concedió la autorización de estancia.


Y un matiz muy importante que a veces pasa desapercibido es que la modificación ha de solicitarse durante la vigencia de la autorización de estancia, no es posible hacerlo con posterioridad.


Saludos.

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