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Consulta 06/06/2018
Formulada por: yoapuccini
Descripción: Estamos pensando con mi novio irnos a vivir un año a Palma de Mallorca en el 2019, yo tengo ciudadanía española, pero el no.
Quisiera saber que es lo aconsejable a realizar para que él pueda obtener permiso para residir. Estuve leyendo bastante y me acerqué también al consulado de España donde me dijeron que lo más conveniente es el matrimonio, porque así podría entrar sin inconvenientes con pasaje de ida solamente (con previa inscripción de matrimonio al registro consular español) Pero no es nuestra idea. Por lo que leí existe un registro de parejas de hecho en España donde se puede inscribir si está legalizado el concubinato acá. Y de ser así ya podríamos comenzar con los papeles de la tarjeta de residencia.
Asimismo, quisiera asesorarme sobre la obtención de la tarjeta de residencia comunitaria como pareja estable. Cómo es el trámite y demás. Qué es lo más conveniente. Espero vuestra. Desde ya saludo atte.
Nacionalidad: Argentina
País de residencia: Argentina
Respuesta 20/07/2018
Aportada por: Lucía Artime Gómez
Su tarjeta de presentación: Asesora legal en materia de extranjería. Cruz Roja - Asturias
Enunciado de respuesta: Hola Yoapuccini, para registrar una pareja de hecho en España hay que cumplir unos plazos de convivencia previa demostrada, que varía en función de la ciudad en la cual quieras establecer tu residencia. Por lo que he visto, en concreto en Palma de Mallorca, se piden 6 meses de convivencia previa. Si documentalmente (debidamente legalizado) podéis demostrar que ya estais conviviendo en vuestro país, podría ser suficiente para registraros como tal. A partir de ahí, tu pareja podría obtener la residencia en régimen comunitario, siempre y cuando tú estuvieras trabajando en España. Un saludo