Subscríbete a nuestro boletín semanal

actualidad

Asesoría on line

Ver consultas

Consulta     20/04/2023

Foto

Formulada por: María39825

Nacionalidad

Descripción: Buenas tardes, les escribo en nombre de una amiga que me pidió el favor porque ella no se aclara con la tecnólogia. Se llama Angela, tiene tarjeta residencia en régimen comunitario familiar ciudadano unión europea, está casada con un ciudadano español de nacimiento desde el 24 de julio de 2021, la cuestión es que según le han dicho no puede acogerse a la ciudadania de su marido porque él esta cobrando una prestación y por lo tanto ella no tiene derecho, preguntó, es así ????, esperamos por vuestra ayuda y que podamos aclarar este asunto. gracias

Nacionalidad: Cuba

País de residencia: España

Provincia: Valencia

Respuesta 25/04/2023

Foto

Aportada por: Paloma Hermoso Sousa

Su tarjeta de presentación: Abogada Cruz Roja Sevilla

Enunciado de respuesta:

Buenas tardes María, 



Efectivamente, uno de los requisitos para la residencia de familiar comunitario es que disponga de recursos económicos suficientes para que el familiar con el que quiera reunirnse, en este caso su esposa, no vaya a convertirse en una carga para la asistencia social de España durante su periodo de residencia. Por lo tanto, tendrían que valorar de manera individualizada si los ingresos del marido superan los exigidos por la legislación (además, en estos casos se exige disponer de seguro médico).



No obstante, podría intentar otra vía de extranjería conocida como arraigo familiar. Para esta autorización de residencia no se exigen ingresos mínimos, ni seguro médico. A la hora de resolver rige el principio de si Ángela ha hecho o no uso de la libre circulación comunitaria, es decir, si se encuentra en España gracias a la residencia comunitaria o si vino por sí misma y una vez aquí solicitó el permiso. Si es éste último su caso, podría solicitar la autorización por arraigo familiar. Los detalles de la tramitación puedes consultarlo en el siguiente enlace: https://www.inclusion.gob.es/web/migraciones/w/autorizacion-residencia-temporal-por-circunstancias-excepcionales.-arraigo-familiar?p_l_back_url=%2Fweb%2Fguest%2Fbuscar%3Fq%3Darraigo%2Bfamiliar%26category%3D2186769



Un saludo, 



Paloma. 


volver

121.686 consultas resueltas - 29.204.010 páginas vistas desde julio 2005

Un espacio de Cruz Roja Española puesto en marcha por logo mini migrar.org